Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 1087/2019
Adolfo Gonzales Chaves, 02/09/2019
Visto
El Expediente 4055-250-2018, Cuerpo II, en el cual se tramitan ayudas económicas para abonar deudas por servicio de luz eléctrica y conexión del mencionado servicio en viviendas habitadas por personas carenciadas; y
Considerando
Que, a fojas 261,266, 269, 273, 276, 279 y 282 la Directora de Acción Social solicita ayudas económicas para abonar deudas por servicio de luz eléctrica;
Que, a fojas 262, 267, 270,274, 277, 280 y 283 se adjuntan comprobantes de deudas;
Que, a fojas 265, 268,272, 275, 281 y 285 se agregan Encuestas Socioeconómicas;
Que, a fojas 287 se agrega informe de Contaduría Municipal;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- 0tórgase a los siguientes personas detalladas a continuación un subsidio económico para abonar deuda por servicio de luz eléctrica que registra en su vivienda, ubicadas en nuestra ciudad:
Vivienda ubicada en calle Juan Elicagaray Nº 662
Vivienda ubicada en calle Reconquista Nº 350
Vivienda ubicada en calle Independencia Nº 705
Vivienda ubicada en calle América Nº 651
Vivienda ubicada en calle Juan Elicagaray Nº 1307
Vivienda ubicada en calle Falucho Nº 330
Vivienda ubicada en calle Independencia Nº 658
ARTICULO 2º.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida:
Jurisdicción 1110133000 Secretaría de Salud y Acción Social
Programa 37.01.00: Dirección de Acción Social
Fuente de Financiamiento 110: de origen Municipal
5.0.0.0. Transferencias
5.1.0.0. Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.4.1. Ayudas Sociales a Personas
ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-