Boletines/General Lavalle

Decreto Nº1000/2019

Decreto Nº 1000/2019

General Lavalle, 12/11/2019

Visto

           El presente expediente COOPERATIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE MAR DEL TUYÚ LTDA. HABILITACIÓN Y RECLAMO DE DEUDA”  ALCANCE 1.-

 

Considerando

Que se han llevado adelante innumerables gestiones a fin de resolver la situación tributaria de la Cooperativa de Servicios Públicos de Mar del Tuyu Ltda.

Que si bien existieron por parte de la mencionada Cooperativa diversos compromisos y promesas de cumplimiento, las mismas nunca se concretaron.-

Que corresponde en consecuencia arbitrar los medios a fin de vencer la inexplicable reticencia de la Cooperativa en cumplir con sus obligaciones formales y tributarias con la Municipalidad de General Lavalle.-

Que la Ordenanza Fiscal vigente prevee un procedimiento a los fines de determinar el importe de las tasas sobre base presunta.-

Que corresponde en consecuencia el dictado del Acto Administrativo pertinente a fin de avanzar en la determinación de los montos adeudados a la comuna.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

DECRETA

ARTICULO 1º: Instrúyase a la Oficina de Inspección Municipal a fin inscriba de manera oficiosa en su registro de comercios a la Cooperativa de Servicios Públicos de Mar del Tuyu Ltda., como responsable del pago de Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene a Establecimientos con Impacto Ambiental respecto del inmueble en el que se encuentra asentada la planta depuradora de líquidos cloacales, (Circ IV, Parc 44 DB).

 

ARTICULO 2º: La Oficina de Inspección Procederá a determinar la cantidad de usuarios de la Cooperativa para los períodos Enero de 2013 a junio de 2017 de conformidad a lo dispuesto en el Art. 33 de la Ordenanza Fiscal Vigente, considerando a tal fin entre otros: Población de Mar del Tuyu, cantidad de Manzanas que conforman la localidad, listado de usuarios presentados por Otras Cooperativas que Tributan ésta Tasa, etc.-

 

ARTÍCULO3º: Cumplido lo establecido en los Artículos que anteceden, remítanse las actuaciones a la Subdirección de Rentas Municipales a los fines que proceda a liquidar las Tasas, recargos y multas que correspondan.-

 

ARTÍCULO 4º: El presente será refrendado por el Jefe de Gabinete.-

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 5º: Cúmplase,  comuníquese  a  quién  corresponda  y  dese   al Registro Municipal.-

 

 

 

 

 

 

 

 

HECTOR SANTIAGO DELFINO                                                                     JOSE H RODRIGUEZ PONTE

       JEFE DE GABINETE                                                                                    INTENDENTE MUNICIPAL