Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 457/2019
Coronel Rosales, 18/09/2019
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expte. J-015/19 relacionadas con el Decreto Nro. 702/18 y la Resolución Nro. 243/2018 de la Administración Nacional de la Seguridad Social referente al incremento de las Asignaciones Familiares dispuestas a partir del 1° de Diciembre, de 2.018.-
Considerando
Que la normativa citada contempla la actualización de los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares.-
Que el Art. 14 de la Ordenanza Nro. 3798/18 — Presupuesto Gastos 2.019 — contempla la utilización de los parámetros nombrados por la citada resolución.-
Que dicha reforma implica una modificación en los rangos, topes y montosde las Asignaciones Familiares.-
Que lo actuado se encuadra en las disposiciones de la Ley Orgánica de las Municipalidades — Decreto Ley 6769/68, Decreto 2980/00 RAFAM y la Ordenanza Nro. 3561 — Estatuto Municipal.-
Que en atención a lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1°.- Readecuar los rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares a partir del 1° de Diciembre de 2.018 en un todo de acuerdo con lo previsto por la Resolución ANSES N° 24312018 Expte. Nro. Ex -2018 — 60611005.-
ARTICULO 2°.- Los rangos, topes y montos serán los que se detallan a continuación aclarando que:
Tope Mínimo de Ingreso del Grupo Familiar: $3.237,98.-
Tope Máximo de Ingreso del Grupo Familiar: $83.917,00.-
Tope Máximo de cada integrante del Grupo Familiar: $41,959,00.-
1) Nacimiento:
a) Remuneración entre $3.237,98 y $83.917 ............................ $ 2.116 por hijo.-
2) Adopción:
a) Remuneración entre $3.237,98 y $83.917 ................. $12.673 por hijo.-
3) Matrimonio:
a) Remuneración entre $3.237,98 y $83.917 ..... $ 3.170..-
4) Por hijo y prenatal:
Remuneración entre $3.237,98 y $28.162 .. ,, . ........ 1.816 por hijo.-
Remuneración entre $28.162,01 y $41.304 ........ $ 1.223 por hijo.-
Remuneración entre $41.304,01 y $47.687 ............. $ 737 porhijo.-
Remuneración entre $47.687,01 y $83.917 .................... 378 por hijo.-
5) Por hijo con Discapacidad:
Remuneración hasta $28.162 ................................. $ 5.919 por hijo.-
Remuneración entre $ 28.162,01 y $41.04 $ 4.185 por hijo.-
Remuneración entre $41.304,01 .......................... $ 2.640 por hijo.-
Ayuda Escolar Anual:
a) Remuneración entre $3.237,98 y $ 83.917 ................... $ 1.521 por hijo.-
Ayuda Escolar Anual para hijo con discapacidad
a) Remuneración sin tope de IGF.............................................................. $ 1.521 por hijo.-
ARTICULO 3°.- Autorizase a la Contaduría Municipal y Sub Dirección de Presupuesto a impulsar las adecuaciones presupuestarias necesarias para absorber las mayores erogaciones que implique la aplicación del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- La presente resolución será refrendada por el Señor Secretario de Economía.-
ARTICULO 5° - Regístrese. Tomen conocimiento la Secretaria de Gobierno, Salud, Desarrollo Social y Obras y Servicios déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio comuníquese a las jerarquías inferiores que corresponda. Gírese a Contaduría General para su cumplimiento.- Cumplido archívese.-