Boletines/Veinticinco de Mayo

Decreto Nº167/2019

Decreto Nº 167/2019

Veinticinco de Mayo, 28/03/2019

Visto

el expediente N° 4118-00924/2019; y

Considerando

Que a fs.1 del expediente citado, consta nota de la Secretaria de Hacienda solicitando autorización para disponer la distribución presupuestaria correspondiente al bimestre enero - febrero 2019 de la suma de pesos cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos ochenta y cinco con 00/100 ($ 474.285,00), correspondiente al Fondo de Cooperación con Bomberos Voluntarios del Partido de 25 de Mayo, según lo establecido en el art. 138° de la Ordenanza 3328/2018;

Que solicita disponer del importe mencionado y distribuir el mismo porcentaje, a cada una de las Asociaciones de Bomberos Voluntarios que se detalla en el expediente de referencia;

Que a fs.6, la Contaduría informa la imputación presupuestaria del caso,

                                  Por ello,                       

El Intendente Municipal de Veinticinco de Mayo decreta

Artículo 1º): Otorgar la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 ($ 67.755,00), según lo establecido en el art. 138 de la Ordenanza Municipal N° 3328/2018, a las siguientes instituciones:

  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS 25 DE MAYO
  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS PEDERNALES
  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS VALDES
  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS NORBERTO DE LA RIESTRA
  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS GOBERNADOR UGARTE
  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS SAN ENRIQUE
  • ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEL VALLE;

 

por los motivos expuestos en los considerandos del presente decreto y según constancias obrantes en el expediente Nº 4118-00924/2019.

Artículo 3º): Imputar la erogación que demande su cumplimiento a la partida: 1110121000-25-27.00.00-131-3510186-5000-5100-5170- TRANSFERENCIAS A OTRAS INSTITUCIONES CULTURALES Y SOCIALES SIN FINES DE LUCRO.

Artículo 4º): Refrendar por el Secretario de Gobierno y el Secretario de Coordinación y Gestión Pública.

Artículo 5º): Registrar, comunicar y archivar.