Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1881/19
Pellegrini, 25/10/2019
D E C R E T O Nº 1881/19
Visto y considerando
El Decreto N° 1829/19, que llama a Licitación Privada Nº 31/2019, para contratar el servicio de albañilería para la construcción de cuatro (4) viviendas que se corresponden con el denominado “Plan Solidaridad - 12 Viviendas”;
El expediente Nº 4086-0313/2019 de fecha 16/10/2019; y
Que a la citada licitación se presentaron seis (6) firmas proveedoras: 1) Héctor Aníbal Aguirre, con domicilio en Guillermo del Soldato Nº 578 de Pellegrini, 2) Carlos Daniel Villagra, con domicilio en Barrio Las Orquídeas Nº 30 de Formosa, 3) Jorge Gustavo Mareco, con domicilio en España Nº 445 de Pellegrini, 4) Oscar Alberto Soplan, con domicilio en Planta Urbana de Bocayuva, 5) Juan Carlos Landriel, con domicilio en Barrio Pro Casa V Casa 36 de Pellegrini, y 6) Analía Noemí Benedetti, con domicilio en Nolo Ferevra Nº 857 de Trenque Lauquen;
Que la oferta del Sr Carlos Daniel Villagra, fue desestimada por no cumplir con el Art.5º de las Clausulas Generales del pliego de Bases y Condiciones,
Que la decisión de la adjudicación debe tomarse con la mayor celeridad posible, para evitar sufrir la variabilidad de los precios;
Que, en uso de las facultades legales que le son propias y de acuerdo a los art. 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y de su Decreto Reglamentario;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Adjudícase al Señor Oscar Roberto SOPLAN, CUIT: 20-31893649-9, la contratación del servicio de albañilería para la construcción de dos (2) viviendas del “Plan Solidaridad - 12 Viviendas”, por un monto de pesos seiscientos cuarenta mil con 00/100 ctvos ($ 640.000,00).
ARTICULO 2º: Autorízase a Contaduría Municipal a imputar el gasto en:
ARTICULO 3º: Adjudícase a la Señora Analia Noemí BENEDETTI, CUIT:27-21993671-6, la contratación del servicio de albañilería para la construcción de dos (2) viviendas del “Plan Solidaridad - 12 Viviendas”, por un monto de pesos setecientos cincuenta y dos mil con 00/100 ctvos ($ 752.000,00).
ARTICULO 4º: Autorízase a Contaduría Municipal a imputar el gasto en:
ARTICULO 5º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.