Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1829/19
Pellegrini, 16/10/2019
D E C R E T O Nº 1829/19
Visto y considerando
La solicitud del Director de Obras Públicas y Servicios Públicos de la Municipalidad de Pellegrini, donde expresa la necesidad de contratar el servicio de albañilería para la construcción de cuatro (4) viviendas que se corresponden con el denominado “Plan Solidaridad - 12 Viviendas”; y
Que teniendo en cuenta el monto estimado que se demandará para la citada adquisición, es necesario, según lo establecido en el articulado de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la realización del llamado a “LICITACION PRIVADA” invitando a por lo menos a cuatro (4) firmas proveedoras de este tipo de servicios;
Que en uso de las facultades legales que le son propias y de acuerdo a los art. 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y de su Decreto Reglamentario;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Llámase a “LICITACION PRIVADA Nº 31/2019”, para el día jueves 24 de octubre de 2.019, a las 10.30 horas, en la Oficina del Contador Municipal, para la contratación del servicio de albañilería para la construcción de cuatro (4) viviendas del denominado “Plan Solidaridad - 12 Viviendas”
ARTICULO 2º: Invítese a participar del mismo a las siguientes firmas proveedoras:
Héctor Aníbal AGUIRRE Gmo. del Soldato Nº 578 Pellegrini – Bs As
Analía Noemí BENEDETTI Carlos Casares Nº 945 T. Lauquen – Bs As
Jorge Gustavo MARECO España Nº445 Pellegrini – Bs As
Oscar Roberto SOPLAN Planta Urbana s/n Bocayuva – Bs As
ARTICULO 3º: Establécese que en esta “LICITACION PRIVADA”, además de las firmas invitadas, tendrán derecho a participar todas aquellas que reúnan las condiciones exigidas, quienes podrán consultar las condiciones en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Pellegrini, sito en Alsina 250, T. E. 02392 – 498103 ó 498105, hasta 48 horas hábiles antes de la apertura de las propuestas.
ARTICULO 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para la apertura, en MESA DE ENTRADAS de esta Municipalidad.
ARTICULO 5º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la propuesta que crea más conveniente o en su defecto rechazar todas, si considera que las mismas no reúnen las condiciones a sus intereses, sin perjuicio alguno para el municipio en este último caso.
ARTICULO 6º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.