Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1818/19
Pellegrini, 11/10/2019
D E C R E T O N° 1818/19
Visto y considerando
La Ley Orgánica de la Municipalidades y el Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública; y
Que la Asesoría General de Gobieno interpretando las normas que regularon y regulan la materia dictaminó respecto de la retribución especial de seis sueldos básicos por cumplir 30 años de servicios en la administración municipal, que sin perjuicio de la no previsión de la bonificación por parte de la Ordenanza n° 1280/16, habiéndose encontrado prevista en el art. 19 inc. f) de la Ley N° 11.757, por imperio de lo prescripto en el último párrafo del artículo 1° de la Ley N° 14.656, la misma resulta procedente para todos aquellos trabajadores que venían prestando servicios al amparo de la hoy derogada Ley N° 11.757;
Que mediante Ordenanza 1482/2019 se convalida el Decreto N° 1612/19, por el que se fijan los nuevos valores por Jornada, Jornal y Escala de Sueldos;
Que con fecha 09 de Octubre de 2019 la Sra. María del Carmen GALÁN suscribió un convenio de reconocimiento de los más de treinta años de servicios en "LA MUNICIPALIDAD", por los que ésta última abonará a la nombrada el monto equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revistió, el que asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 160.590,00), una vez percibida la devolución del anticipo previsional por parte del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires (IPS);
Por ello, el Intendente Municipal del Partido de Pellegrini en ejercicio de las atribuciones y facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades:
ARTICULO 1°: Dispónese el otorgamiento a la Sra. María del Carmen GALÁN, D.N.I 11.733.062, quien revistiera en Categoría Profesional -como Jefe de Planeamiento de la Municipalidad- por el reconocimiento de los más de treinta años de servicios en "LA MUNICIPALIDAD", el monto equivalente a seis (6) mensualidades del básico de la categoría en que revistió, el que asciende a la suma de PESOS CIENTO SESENTA MIL QUINIENTOS NOVENTA ($ 160.590,00) que será abonada en cuatro (04) cuotas iguales y consecutivas de PESOS CUARENTA MIL CIENTO CUARENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 40.147,50) los días 28/10/2019, 28/11/2019, 27/12/2019 y 28/01/2020.
ARTICULO 2°: Aféctanse para el pago los fondos de la partida que se denuncia:
Jurisdicción - 111012000 Secretaría de Gobierno.
Programa - 1.6.0.0 Beneficios y Compensaciones
ARTICULO 3°: El presente Decreto es refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.
ARTICULO 4°: Regístrese, notifíquese a los interesados, comuníquese a las áreas de Personal y Contaduría, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.