Boletines/Pellegrini
Decreto Nº 1788/19
Pellegrini, 07/10/2019
D E C R E T O Nº 1788/19
Visto y considerando
La solicitud del Director de Obras Públicas de la Municipalidad de Pellegrini, donde expresa la necesidad de adquirir materiales para la construcción de viviendas en la localidad de Pellegrini, a través del Plan Solidaridad – 12 viviendas; y
Que teniendo en cuenta el monto estimado que se demandará para la citada adquisición, es necesario, según lo establecido en el articulado de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la realización del llamado a “LICITACION PRIVADA” invitando a por lo menos a cuatro (4) firmas proveedoras de este tipo de materiales;
Que, en uso de las facultades legales que le son propias y de acuerdo a los art. 151 y subsiguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y de su Decreto Reglamentario;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Llámase a “LICITACION PRIVADA Nº 30/2019”, para el día 18 de octubre de 2.019, a las 9:30 horas, en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Pellegrini, para adquirir materiales para la construcción de las 12 viviendas del Plan Solidaridad en la localidad de Pellegrini.
ARTICULO 2º: Invítese a participar del mismo a las siguientes firmas proveedoras:
COSTA ROBERTO A. M. Argentinas y Marconi Pellegrini – Bs. As.
RIVERA JUAN CARLOS Pueyrredón Nº 135 Pellegrini – Bs. As.
CORRALON SAN JOSE SRL 9 de Julio y Prov. Argentinas Salliqueló – Bs. As.
CUFRE JORGE OMAR Ameghino Nº 26 Pellegrini – Bs.As.
ARTICULO 3º: Establécese que en esta “LICITACION PRIVADA”, además de las firmas invitadas, tendrán derecho a participar todas aquellas que reúnan las condiciones exigidas, quienes podrán consultar las condiciones en la Oficina de Compras de la Municipalidad de Pellegrini, sito en Alsina 250, T. E. 02392 – 498103 ó 498105, hasta 48 horas hábiles antes de la apertura de las propuestas.
ARTICULO 4º: Las propuestas podrán ser presentadas hasta el día y hora fijados para la apertura, en MESA DE ENTRADAS de esta Municipalidad.
ARTICULO 5º: La Municipalidad se reserva el derecho de aceptar la propuesta que crea más conveniente o en su defecto rechazar todas, si considera que las mismas no reúnen las condiciones a sus intereses, sin perjuicio alguno para el municipio en este último caso.
ARTICULO 6º: Comuníquese a las oficinas municipales pertinentes, notifíquese a los interesados, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.