Boletines/General Villegas

Decreto Nº182/17

Decreto Nº 182/17

General Villegas, 31/01/2017

Visto

El Expediente Nº 13.383/16, iniciado por la Comisión de Apoyo al Programa Envión Villegas, solicitando un subsidio mensual destinado a solventar gastos de funcionamiento de la institución; y

Considerando

Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio mensual de Pesos ocho mil cuatrocientos ($ 8.400), desde el mes de enero a junio de 2017 inclusive, a la Comisión DE APOYO AL PROGRAMA ENVIÓN VILLEGAS, destinado a solventar gastos de funcionamiento de la institución.

ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque por la suma y a la orden establecida en el Artículo Primero.

ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto el reintegro de la suma otorgada (Artículo 131º y concordantes del Reglamento de Contabilidad).

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

 

Jurisdicción:

Departamento Ejecutivo

Subjurisdicción:

Conducción Superior

Programas o Actividades Centrales:

79 – Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado

Unidad Ejecutora:

Intendente Municipal

Fuente de Financiamiento:

110

Clase:

5.1.7.0.

Descripción de Clase:

Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro

Programa y Actividad

79-00-00

Importe:

$ 50.400 ($ 8.400 enero a junio 2017).-

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.