Boletines/General Villegas
Resolución Nº 77/17
General Villegas, 24/01/2017
Visto
El Expediente Nº 6585/14 Alcance 1, iniciado por el señor Ignacio Iturria, solicitando la habilitación municipal de un comercio, dedicado a la explotación del rubro “Venta de Carnes de Cerdo, Chacinados y Embutidos”, desde el 29 de septiembre de 2014; y
Considerando
Que se labraron Acta de Inspección Nº 2811 y Censo de Comercio e Industria Nº 3419, y en este último, declara el titular poseer un (1) empleado en relación de dependencia (fojas 17 y 18).
Que la oficina de Bromatología, agrega a fojas 20, Acta de Inspección Nº 249, donde constata que el mismo se encuentra en buenas condiciones de higiene.
Que División Catastro interviene a fojas 23, suministrando los datos del inmueble.
Que se agrega la solicitud de baja, fechada 26 de mayo de 2016, registrada como Expediente Nº 10468/13 Alcance 1, el que se halla agregado a fojas 31.
Que por Acta de Constatación Nº 5262, adjuntada a fojas 33, se verifica que el comercio se encuentra totalmente cerrado, con fecha de 30 de mayo de 2016.
Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las tasas municipales, devengadas durante el período en el que se desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.
Que a fojas 37 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que a fojas 43 Departamento de Rentas informa que el contribuyente no registra deuda.Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación al sólo efecto de percibir las tasas municipales de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Venta de carnes de cerdo, chacinados y embutidos”, denominación comercial “Porkis”, perteneciente al señor Ignacio Iturria, D.N.I. Nº 35.092.920, Codificador de Rentas Nº 62100-01, NIS Nº NIS Nº 1048991-02 - T1R – Residencial, contando con un (1) empleado en relación de dependencia, con domicilio comercial en calle Mitre Nº 322 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 36b, Parcela 9f, a partir del día 29 de septiembre de 2014, atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6585/14 Alcance 1.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el Artículo Primero, a partir del día 2 de mayo de 2016, por quedar acreditado en forma fehaciente que se desarrolló la actividad comercial atento lo establecido por la legislación vigente y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 6585/14 Alcance 1.
ARTÍCULO TERCERO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Contaduría y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.