Boletines/General Villegas
Resolución Nº 61/17
General Villegas, 19/01/2017
Visto
El Expediente Nº 5764/15, correspondiente a la habilitación municipal de un comercio, iniciado por el señor Darío Anibal Suburu en su carácter de socio, de la razón social La Hora Sociedad de Hecho, dedicado a la explotación de los rubros “Prendas de Vestir y Accesorios”, a partir del 2 de octubre de 2015; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 105/16, se otorgó la habilitación provisoria correspondiente al Contribuyente Nº 21525 (fojas 42 y 43).
Que por Expediente Nº 5764/15 Alcance 1, agregado a fojas 47, el titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 59, informando que el recurrente no registra deuda.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Constancia de titularidad del locador y Plano de Obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 – Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Incisos 7 y 9).
Que División Comercio e Inspección remite proyecto de resolución disponiendo la prórroga de la habilitación provisoria del comercio (fojas 62 y 63).
Que a fojas 65 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 105/16, de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Prendas de vestir y accesorios”, denominación comercial “La Hora S.H.”, perteneciente a los señores Fernando Rubén Guarino y Darío Aníbal Suburu, integrantes de la razón social La Hora Sociedad de Hecho, CUIT Nº 30-71496706-8, Contribuyente Nº 21525, Codificadores de Rentas Nº 62200-02 y 62200-07, NIS Nº 1048107-01– T1G – Servicios Generales, con domicilio comercial en calle Mariano Moreno Nº 580 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 36, Parcela 6, fecha de alta 2 de octubre de 2015, declarando poseer un (1) empleado en relación de dependencia, Expediente Nº 5764/15.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase a la razón social La Hora Sociedad de Hecho, CUIT Nº 30-71496706-8, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga de habilitación concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las Oficinas competentes deberán requerir al recurrente, que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente, comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Comercio e Inspección General y de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.