Boletines/General Villegas
Resolución Nº 59/17
General Villegas, 19/01/2017
Visto
El Expediente Nº 7063/13, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente al señor José Norberto Giachero, dedicado a la explotación del rubro “Venta en Comisión de Automotores”, a partir del 1 de agosto de 2013; y
Considerando
Que mediante Resolución Nº 747/14, agregada a fojas 41 y 42, se registró la habilitación provisoria y subsiguiente renovación, correspondiente al Contribuyente Nº 3234.
Que por Expediente Nº 7063/16 Alcance 2, agregado a fojas 70, el titular del comercio solicita una extensión de la habilitación provisoria.
Que a fojas 73 y 74, se adjunta Acta de Inspección Nº 4787 y Censo de Comercio e Industria Nº 5087, mediante el cual el recurrente declara no contar con empleados en relación de dependencia.
Que el Departamento de Rentas a fojas 80, informa que el contribuyente no registra deuda.
Que analizadas las presentes actuaciones, surge que el contribuyente, no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Plano de obra aprobado por Municipalidad, según Ordenanza Nº 3666 - Anexo I – Capítulo I – Artículo Primero – Inciso 9).
Que División Comercio e Inspección remite proyecto de resolución disponiendo la prórroga de la habilitación provisoria del comercio (fojas 82 y 83).
Que a fojas 85 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, otorgando la prórroga requerida.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Prorrógase la habilitación provisoria otorgada por Resolución Nº 747/14 y subsiguiente renovación, de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Venta en comisión de automotores”, denominación comercial “Giachero”, del señor José Norberto Giachero, D.N.I. Nº 12.294.059, Contribuyente Nº 3234, Codificador de Rentas Nº 85301-02, Usuario Nº 188, Asociado Nº 156 – E100 –T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Europa Nº 646 de la localidad de Emilio V. Bunge, individualizado catastralmente como Circunscripción VII, Sección A, Manzana 22, Parcela 12, fecha de alta 1 de agosto de 2013, no contando con empleados en relación de dependencia, Expediente Nº 7063/13.
ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase al señor José Norberto Giachero, D.N.I. Nº 12.294.059, un plazo de ciento ochenta (180) días, para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.
ARTÍCULO TERCERO: La prórroga de habilitación concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia.
ARTÍCULO CUARTO: Previo al vencimiento del plazo acordado en el Artículo Segundo, las oficinas competentes deberán requerir al recurrente que cumplimente la documentación de acuerdo a lo fijado por la Ordenanza Nº 3666; como así también informar que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Comercio e Inspección General y de Seguridad, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación, Compras y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.