Boletines/General Villegas

Decreto Nº27/17

Decreto Nº 27/17

General Villegas, 06/01/2017

Visto

El Expediente N° 136/17, iniciado por la Directora de Desarrollo Social de los Pueblos, elevando la nómina mensual de beneficiarios de “subsidios a indigentes” de la localidad de Piedritas, destinado a apoyo económico para el pago de alimentos, servicios básicos y alquiler, por un monto de Pesos cincuenta y siete mil trescientos ($ 57.300), para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 61.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos cincuenta y siete mil trescientos ($ 57.300), destinado a apoyo económico para el pago de alimentos, servicios básicos y alquiler en la localidad de Piedritas, conforme el siguiente detalle:

Apellido y Nombre

D.N.I.

Importe

Brites, Zulema

32.697.937

$ 2.500

Bustamante, Xoana

34.052.888

$ 3.000

Belén, Patricia

29.505.731

$ 4.500

Cabana, Norma

21.603.869

$ 2.000

Cernadas, Daiana

40.121.223

$ 2.500

Gonzales, Elina

35.237.981

$ 3.000

Gonzales, María del Rosario

21.603.840

$ 2.500

Miranda, Marisa

24.097.268

$ 2.500

Ortiz, Carina Isabel

27.462.405

$ 3.000

Vera, Delia

31.360.856

$ 2.000

Verón, Angélica

17.970.255

$ 2.500

Belgamase, Ricardo

14.161.382

$ 3.000

Cejas, María Antonia

26.757.657

$ 2.000

Campos, Nélida Fabiana

20.668.137

$ 2.500

Cimolai, Stella Maris

16.808.628

$ 900

Gonzales, María Soledad

29.505.620

$ 2.500

Montes, Marisa

21.937.055

$ 4.000

Moris, María Julia

17.760.088

$ 2.500

Sperani, Marcia

20.563.812

$ 1.500

Villarreal, Alicia

32.939.486

$ 900

Wegrzyn, Juan Carlos

5.058.917

$ 7.500

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110-

Inciso:

5- Transferencias

Partida Principal:

1- Transferencia al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

4- Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62- Asistencia Social Directa

Actividad Proy.:

03- Subsidios Varios

Importe:

$ 57.300.-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretaría de Hacienda y Finanzas, Secretaría de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social de los Pueblos; cúmplase y archívese.