Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº5787

Ordenanza Nº 5787

General Villegas, 09/01/2017

VISTO:

El modelo de convenio a suscribir con el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, tendiente a gestionar la habilitación de establecimientos de elaboración de chacinados frescos – Clase C según Ley N° 11.123; y

CONSIDERANDO:

Que dicho convenio tiene por objeto coordinar políticas, planes, programas y proyectos que contribuyan a preservar la salud humana, como así también la simplificación de estrategias para la ejecución descentralizada de acciones de fiscalización, control y preservación de establecimientos dedicados a la elaboración de productos frescos derivados de origen animal.

Que la facultad para gestionar este tipo de habilitación brinda mejores condiciones de accesibilidad al procedimiento a los productores del Partido y permite al Municipio el control directo sobre la  producción de este tipo de alimentos.

Que corresponde elevarlo al Departamento Deliberativo para que autorice la firma del instrumento señalado.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, ACUERDA Y SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires, cuyo objeto es facultar a la Municipalidad a gestionar la habilitación de los Establecimientos de elaboración de chacinados frescos Clase C, según Ley 11.123, el cual como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza.

ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.