Boletines/La Plata
Ordenanza Nº 11883
La Plata, 01/11/2019
Expte. 68130 La Plata, 30 de octubre de 2019.
El Concejo Deliberante, en su Sesión Ordinaria Nº 16, celebrada en el día de la fecha, ha sancionado la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Incorporase el artículo 6 bis a la Ordenanza 6147, Código Contravencional, que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 6 bis: Para las faltas alcanzadas por el Título IV, faltas de tránsito por contravenciones a las leyes de tránsito nacional y provincial, así como contravenciones a Ordenanzas que refieran al tránsito y a los efectos de abreviar el proceso, podrá implementarse mecanismos de sanción alternativos y/o complementario tales como trabajos comunitarios y Cursos de Sensibilización del conductor."
ARTICULO 2°: Incorporase como artículo 9 bis a la Ordenanza 6147, Código Contravencional, que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTICULO 9 bis: Las sanciones alternativas y/o complementarias, cuya decisión de aplicación estará en un todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del presente Código, para las faltas alcanzadas por el Título IV, faltas de tránsito por contravenciones a las leyes de tránsito nacional y provincial, así como contravenciones a Ordenanzas que refieran al tránsito podrán ser:
a) Trabajos comunitarios: que consistirán en la limpieza, acondicionamiento, conservación o atención de escuelas, unidades sanitarias, parques, paseos dependencias municipales o instituciones de bien público. La cantidad de horas previstas para la realización de la medida será dispuesta por la autoridad de la Justicia de Faltas interviniente. El Departamento Ejecutivo en la reglamentación definirá la documentación a entregar a la Justicia de Faltas en concepto de certificación del cumplimiento de la carga horaria asignada y establecerá las labores que habrán de ser desempeñadas por el infractor de acuerdo a los requerimientos de las distintas áreas de la administración.
b) Curso de Seguridad Vial y Sensibilización del conductor a cargo del Área de Transito de la Comuna, con una carga de 10 horas. Estas sanciones alternativas y/o complementarias también podrán ser de aplicación a quienes al momento de solicitar la renovación de la licencia de conducir presenten infracciones pendientes de ejecución. No se admitirá esta opción respecto de quien hubiese incumplido los trabajos impuestos en una ocasión anterior. El incumplimiento supondrá de por sí el agravamiento de las multas previstas."
ARTICULO 3º: De forma.
La Plata, 1º de noviembre de 2019.
Cúmplase, regístrese, publíquese y archívese.
Dr. Julio Cesar Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.
La Plata, 1º de noviembre de 2019.
Registrada en el día de la fecha bajo el número ONCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES (11883)
Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.