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Ordenanza Nº11883

Ordenanza Nº 11883

La Plata, 01/11/2019

Expte. 68130                                                                                                                                   La Plata, 30 de octubre de 2019.

El Concejo Deliberante, en su Sesión Ordinaria Nº 16, celebrada en el día de la fecha, ha sancionado la siguiente:

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Incorporase el artículo 6 bis a la Ordenanza 6147, Código Contravencional, que quedará  redactado de la siguiente  manera:

"ARTICULO 6 bis: Para las faltas alcanzadas por el Título IV, faltas de tránsito por contravenciones a las leyes de tránsito nacional y provincial, así como contravenciones a Ordenanzas que refieran al tránsito y a los efectos de abreviar el proceso, podrá implementarse mecanismos de sanción  alternativos y/o complementario tales como trabajos comunitarios y Cursos  de Sensibilización del conductor."

ARTICULO 2°: Incorporase como artículo 9 bis a la Ordenanza 6147, Código Contravencional, que quedará redactado de la siguiente  manera:

"ARTICULO 9 bis: Las sanciones alternativas y/o complementarias, cuya decisión  de aplicación estará  en un todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del  presente Código, para las faltas alcanzadas por  el  Título  IV,  faltas  de  tránsito  por contravenciones a las leyes  de tránsito  nacional y provincial,  así como  contravenciones a Ordenanzas que refieran  al tránsito podrán  ser:

a) Trabajos comunitarios: que  consistirán en la limpieza, acondicionamiento, conservación o  atención de escuelas, unidades sanitarias, parques, paseos dependencias municipales o instituciones de bien público. La cantidad de horas previstas para la realización de la medida será dispuesta por la autoridad de la Justicia de Faltas interviniente. El Departamento Ejecutivo en la reglamentación definirá la documentación a entregar a la Justicia de Faltas en concepto de certificación del cumplimiento de la carga horaria asignada y establecerá las labores que habrán de ser desempeñadas por el infractor de acuerdo a los requerimientos de las distintas áreas de la administración.

b)  Curso de Seguridad Vial y Sensibilización del conductor a cargo del Área de Transito de la Comuna, con una carga de 10 horas. Estas sanciones alternativas y/o complementarias también podrán ser de aplicación a quienes al momento de solicitar la renovación de la licencia de conducir presenten infracciones pendientes de ejecución. No se admitirá esta opción respecto de quien  hubiese incumplido los trabajos  impuestos en una ocasión anterior.  El incumplimiento supondrá de por  sí el agravamiento de las multas previstas."

ARTICULO 3º: De forma.

 

La Plata, 1º de noviembre de 2019.

Cúmplase, regístrese, publíquese y archívese.

Dr. Julio Cesar Garro. Intendente. Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.

La Plata, 1º de noviembre de 2019.

Registrada en el día de la fecha bajo el número ONCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES (11883)

Prof. Oscar Negrelli. Secretario de Coordinación Municipal.