Boletines/La Plata
Decreto Nº 1742/19
La Plata, 29/07/2019
Visto
el presente Expediente Nro. 4061-1110768/2019, por el cual la SECRETARÍA DE SALUD, solicita la Contratación para la "Realización de obras de refacción y puesta en valor del Centro de Atención Primaria de Salud (CAPS N° 42)", con destino a la DIRECCION DE ATENCION PRIMARIA Y CENTROS DE SALUD, mediante solicitud de pedido N° 902/19, obrante a fojas 40; y
Considerando
Que a tal efecto por Decreto N° 1019, Folio N° 1296 de fecha 25 de Abril de 2019 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones; Especificaciones Legales Generales y Particulares; Memoria Descriptiva y planos, que regirá el presente llamado.
Que con el fin de dar cumplimiento a lo solicitado en el exordio, se procedió a realizar la Licitación Pública N°37/19, acerca de cuyo resultado ilustra el acta de apertura y demás documentación acompañada:
OFERTA N°1; SOBRE N°1 Perteneciente a la firma RODRIGO ALBA quien presenta garantía de mantenimiento de oferta con póliza de caución N° 331.461 de la firma FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. por hasta la suma total de PESOS VEINTISIETE MIL CIENTO SETENTA Y DOS con 99/100 ($27.172,99).
Asimismo, que sin perjuicio de la facultad de revisar nueva y exhaustivamente los requisitos de admisibilidad impuestos por el Pliego Licitatorio las ofertas presentadas cumplen prima-facie tales exigencias, por lo cual se procede a la apertura del sobre N°2, correspondiente a las ofertas N° 1.
OFERTA N°1; SOBRE Nº2 Perteneciente a la firma RODRIGO ALBA quien cotiza para la presente obra por el importe que a continuación se detalla: la suma de $2.576.187,28 (PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE con 28/100).
Firmas que retiraron pliego y no cotizaron: ORPACO S.R.L.; PASO CONSTRUCCIONES S.R.L.
Que a fs. 208/217 se adjunta documentación presentada por la firma, en tiempo y forma, en cumplimiento del artículo 9 inciso a apartados 13 y 18 del Pliego de Bases y Condiciones Generales, solicitado en cedula de fs. 207.
Que a fs. 205/206 la SUBSECRETARIA LEGAL Y TECNICA concluye que la propuesta de la firma RODRIGO ALBA, resulta ser la única "oferta valida" y podría adjudicarse mediante resolución fundada del Departamento ejecutivo, según previsiones del artículo 132, conforme a lo establecido por el artículo 134 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6769/58).
Que a fs. 221 consta el Dictamen de la Comisión de Evaluación estableciendo que se debería adjudicar a la firma RODRIGO ALBA, única propuesta en licitación Pública, ofreciendo una disminución del 5,19% del presupuesto oficial, teniendo en cuenta la razonabilidad de los valores cotizados, capacidad de ejecución y contratación, antecedentes en la ejecución de obras similares y cumplimiento de las condiciones mínimas establecidas por las reglas del buen arte de los equipos, adecuación tecnológica, cantidad y modelo/año no superior a los 10 años de antigüedad y generales del pliego de Bases y Condiciones.
Que si bien la propuesta de la firma RODRIGO ALBA fue la única que se presentó en la Licitación Publica N° 37/19, ofreciendo una disminución del 5,19% del presupuesto oficial y teniendo en cuenta que los trabajos citados revisten un alto grado de urgencia, por ser obras edilicias a ejecutarse en un Centro de Atención Primaria de la Salud, CAPS N° 42, en estado de deterioro general avanzado, dado que el terreno donde se encuentra situado se anega con frecuencia, se solicita al Departamento Ejecutivo encuadre la presente adjudicación en el artículo 132 inciso f) en concordancia con el artículo 134 de la Ley Orgánica de las Municipalidades- Decreto Ley 6769/58.
Que la propuesta presentada por la firma: RODRIGO ALBA para el ítem 1 por la suma total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE con 28/100 ($2.576.187,28); ofreciendo una disminución del 5.19% con respecto al presupuesto oficial, teniendo en cuenta la razonabilidad de los valores cotizados, capacidad de ejecución y contratación, antecedentes en la ejecución de obras similares y cumplimiento de las condiciones mínimas establecidas por las reglas del buen arte de los equipos, adecuación tecnológica, cantidad y modelo/año no superior a los 10 años de antigüedad y generales del pliego de Bases y Condiciones; resulta conveniente a los intereses de la comuna.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTICULO 1º: Apruébese la Licitación Pública N° 37/19 efectuada con fecha 27 de Mayo 2019, acerca de cuyo resultado ilustra el Acta de Apertura y demás documentación agregada, en todo de acuerdo al considerando.-
ARTICULO 2º: Adjudíquese lo solicitado por el artículo 132 inciso f en concordancia con el artículo 134 último párrafo de la Ley Orgánica de las Municipalidades - Decreto Ley 6769/58, a favor de la firma: RODRIGO ALBA para el ítem 1, por única oferta, por la suma total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE con 28/100 ($2.576.187,28); ofreciendo una disminución del 5.19% con respecto al presupuesto oficial, capacidad de ejecución, antecedentes en el cumplimiento de obras similares, desempeño de las condiciones mínimas establecidas por las reglas del buen arte de los equipos, adecuación tecnológica, cantidad y modelo/año no superior a los 10 años de antigüedad y generales del pliego de Bases y Condiciones; según Dictamen de la Comisión de Evaluación a fojas 221.
TOTAL ADJUDICADO: PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE con 28/100 ($2.576.187,28).
FORMA DE PAGO: DENTRO DE LOS TREINTA (30) DIAS DE LA FECHA DE PRESENTACION DE FACTURAS EN LA DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS.-
ARTICULO 3º: El egreso que demanda la aplicación del artículo anterior será atendido con imputación al U.E. 53- SECRETARÍA DE SALUD - Jurisdicción: 1110140000 - SECRETARÍA DE SALUD- Fuente de Financiamiento 110- Tesoro municipal.-
ARTICULO 4º: A los efectos del pago se aplicará de corresponder lo establecido en la Ley 11.838.-
ARTICULO 5º: Autorizase la devolución de las garantías de ofertas, previa aceptación de la respectiva Orden de Compra por parte de la firma adjudicataria, debiendo esta última sustituir la garantía de oferta por la de contrato en los plazos establecidos por el Pliego de Bases y Condiciones.-
ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. SECRETARIO del área que corresponda.-
ARTICULO 7º: Regístrese, comuníquese y pase a la DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y SUMINISTROS, CONTADURIA GENERAL Y TESORERIA a sus efectos.-
Dr. Julio César Garro. Intendente. Dr. Germán Niedfeld. Secretario de Salud.