Boletines/Baradero
Ordenanza Nº 5488
Baradero, 06/06/2017
Visto que los niños/as y adolescentes se constituyen como actores principales del desarrollo social, económico y político de nuestro municipio, la Intendente Municipal solicita autorización para suscribir convenio con el Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia para acceder a becas y;
Considerando que el objetivo es generar un espacio de protección de Derechos, Inclusión, y Contención Social para niños/as y adolescentes que atraviesan una de las etapas mas vulnerables de la vida.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello, tratado sobre tablas y aprobado, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, sanciona con fuerza de ley la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal representado por el Intendente Municipal Dra. Fernanda C. Antonijevic, a suscribir Acta Acuerdo de Cooperación Programa de Fortalecimiento Comunitario para la Inclusión de Niños, Niñas y Adolescentes, Proyecto Operadores de Calle, con le Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia, obrante de fs. 4 a fs 9 del expediente Nº 4009-20-03046/17.
Artículo 2º: Deróguese Ordenanza Nº 5471/14.-
Artículo 3º: Regístrese, publíquese y comuníquese al Departamento Ejecutivo. Fecho, archívese.
Dada en el Salón de la Democracia del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Baradero, Provincia de Buenos Aires, en sesión ordinaria del día 06 de junio de 2017.
FDO: Prof. Martín Cárdenas. PTE. HCD y Sr. Juan J. Lamas, Secretario de HCD.