Boletines/General San Martín

Decreto Nº1375/19

Decreto Nº 1375/19

General San Martín, 30/07/2019

Visto

Que a través de la Ordenanza Fiscal Nº  12379/18 se crea el Nuevo Programa de  Promoción  PYME (Micro, Pequeñas y Medianas  Empresas)  a través del cual se contemplan una serie de beneficios impositivos destinados a la promoción de los sujetos o empresas titulares  de los establecimientos industriales, comerciales o de prestación y/o locación de servicios que se instalen en el Partido de Gral. San Martín.

Considerando

Que la Municipalidad de Gral. San Martin tiene por objetivo estratégico contribuir decididamente a que las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) del distrito puedan sostener y desarrollar su ritmo de trabajo, las expectativas de inversión y el nivel de empleo, sobre todo en contextos como el actual, que no resultan favorables al desarrollo de la actividad económica.

Que corresponde adoptar medidas que simplifiquen los procedimientos  administrativos  involucrados,  tanto  para  el desarrollo de nuevos emprendimientos, como para la modificación y ampliación de los existentes, facilitando el acceso por parte de los contribuyentes beneficiarios, a los distintos regímenes de promoción vigentes,  asegurando el debido funcionamiento de los mismos.

Que en conformidad a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal Nº 12.379/18 en los artículos 428 a 432 se torna indispensable reglamentar los distintos supuestos que pueden dar lugar a la aplicación de los beneficios impositivos allí establecidos, así como las formas en que deberán efectuarse las solicitudes correspondientes por parte de los contribuyentes alcanzados, y las formas en que deberán exteriorizarse los dichos beneficios, tanto en la declaración jurada de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, como en las declaraciones y/o liquidaciones correspondientes a las restantes tasas y derechos.

Por todo ello, el Señor Intendente Municipal del Municipio del Partido de General San Martin, en uso de atribuciones que le son propias:

DECRETA

ARTICULO 1º: Aprobar la reglamentación del Nuevo Programa de Promoción PYME (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas), creado a través de los  arts. 428 y concs. de Ordenanza Fiscal Nº  12.379/18, y sus disposiciones complementarias, la que como Anexo I - forma parte integrante del presente decreto.

ARTICULO 2º: La Secretaría de Economía y Hacienda, como Autoridad de Aplicación de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, será la responsable del dictado  de las disposiciones relativas a  la forma de  instrumentación de las solicitudes correspondientes por parte de los sujetos alcanzados, así como a todo lo relativo a  su resolución, a la forma en la cual deberán exteriorizarse dichos beneficios en las respectivas declaraciones juradas, y demás aspectos operativos necesarios  para garantizar la efectividad del  Programa  de Promoción PyME.

ARTICULO 3º: La Secretaría de Producción y Desarrollo Económico, será la responsable de llevar el registro de las empresas alcanzadas por los distintos beneficios impositivos establecidos en el Programa de Promoción PYME, en base a la información que surja de los procedimientos a que se refiere el artículo 2º del presente, en dicho registro deberán volcarse los datos de los contribuyentes beneficiados, plazos de vigencia, y demás aspectos que hagan a los alcances de los distintos beneficios previstos en el Programa.

ARTICULO 4º: El presente  Decreto será refrendado  por  los Señores Secretarios de Producción y Desarrollo Económico y de Economía y Hacienda.

ARTICULO 5º: Dese al Registro y Boletín Municipal. Publíquese y comuníquese a todas las Secretarías, Subsecretarias y demás órganos de la Administración Municipal. Cumplido, archívese. -

Anexos

reglamentacion

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