Boletines/Puan
Ordenanza Nº 4996/10
Puan, 14/07/2010
Corresponde al Expte. Nº 1446/10
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 4 9 9 6 / 1 0
Artículo 1º.- Establézcase un reconocimiento anual a una Persona de Edad por cada localidad del Partido de Puan en adhesión al DÍA INTERNACIONAL DE LAS PERSONAS DE EDAD.
Artículo 2º.- La mencionada distinción se materializará el día 17 de Agosto de cada año en oportunidad de homenajear al Gral. José de San Martín.
Artículo 3º.- La elección de las Personas de Edad en cada localidad del Distrito, destacada en oficios, cultura, deporte, solidaridad o en lo profesional, estará a cargo de un jurado local (con conocimiento comprobable de los habitantes de su localidad) integrado por un representante de algunas de las siguientes Instituciones, siendo el mismo meramente enunciativo:
Artículo 4º.- Una vez electo el representante local el jurado debe elevar al Intendente Municipal el curriculum vitae y motivos que derivaron en la designación de cada persona a distinguir, para que este autorice el acto administrativo correspondiente y eleve la designación para su tratamiento al Honorable Concejo Deliberante.
Artículo 5º.- Aprobada y promulgada la Ordenanza correspondiente, el Área de Prensa y Ceremonial de la Municipalidad tendrá a su cargo la organización del acto de reconocimiento en la fecha anual determinada en el Artículo 2º de la presente.
Artículo 6º.- El reconocimiento a las Personas de Edad consistirá en la entrega de un certificado suscrito por el Intendente Municipal y el Presidente del Honorable Concejo Deliberante y una plaqueta.
Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos y cumplido, archívese.
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A CATORCE DÍAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DIEZ.
Stella Maris Krieger, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa