Boletines/Puan

Ordenanza Nº5376/11

Ordenanza Nº 5376/11

Puan, 28/09/2011

Corresp. al Expte Nº  7365/95

ORDENANZA

O R D E N A N Z A   Nº  5 3 7 6 / 1 1

Artículo 1º.- Modificase el Artículo 8º de la ORDENANZA Nº 2116/98 y sus modificatorias, relacionada con la habilitación de los remises, en el Distrito de Puan, quedando redactado de la siguiente manera:

ARTÍCULO 8º:  DURACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN O REGISTRO: La autorización o registro acordado para la explotación del servicio público de remises, deberá ser renovada anualmente, finalizando la misma el 31 de diciembre de cada año, abonándose en cada oportunidad los derechos establecidos en la Ordenanza Impositiva vigente a la fecha de la habilitación y/o renovación. Durante el término de la licencia el vehículo no podrá ser desafectado del servicio sin la previa autorización municipal. El Departamento Ejecutivo está facultado para dar de baja a todo vehículo que no reúna los requisitos exigidos en el artículo 13º de la presente”….

Artículo 2º: Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido, archívese.- 

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, DEL DIA VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL ONCE.   

Stella Maris Krieger, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa