Boletines/Puan
Ordenanza Nº 5131/11
Puan, 10/08/2011
Corresp. al Expte. Nº 1392/11
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 5 3 3 1 / 1 1
Artículo 1º.- Homológase el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN suscripto con el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, para la realización de relevamientos estadísticos sobre el mercado de trabajo municipal, y que como anexo forma parte de la presente.-
Articulo 2º.- El presente convenio tendrá una vigencia de DOS (2) AÑOS a partir del 12 de julio de 2011, renovable automáticamente por igual período.-
Articulo 3º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido, archívese.
DADA EN EL INSTITUTO “GENERAL SAN MARTÍN” DE DARREGUEIRA, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA DEL DÍA DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL ONCE.
Stella Maris Krieger, Presidente. María Lujan Fernandez, Secretaria Interina