Boletines/Puan
Ordenanza Nº 5586/12
Puan, 11/07/2012
Corresponde al Expediente Nº 407/12
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 5 5 8 6 / 1 2
ARTÍCULO 1º.- Homológase el CONVENIO de Cooperación y Colaboración suscripto con el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires para la promoción, preservación y regularización del empleo y que como Anexo I forma parte de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Homológase el PROTOCOLO COMPLEMENTARIO Nº1 al convenio mencionado en el artículo 1º de la presente tendiente a la implementación del programa “Empecemos por Casa” para la regularización de los empleados del servicio doméstico y que como anexo II forma parte de la presente.
ARTÍCULO 3º.- La vigencia del convenio es de dos (2) años y del protocolo es de un (1) año contados a partir de sancionada la presente, renovado automáticamente, salvo expresa voluntad en contrario de cualquiera de las partes.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DOCE.
Busso Marta, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa