Boletines/Puan
Ordenanza Nº 5578/12
Puan, 11/07/2012
Corresponde al Expediente Nº 294/12
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 5 5 7 8 / 1 2
ARTÍCULO 1º.- Créase el CENTRO DE ACOPIO TRANSITORIO (CAT) que se ubicará en el predio destinado a los residuos domiciliarios en la localidad de Darregueira, con el objeto del acopio de envases vacíos de productos fitosanitarios provenientes de las localidades del Distrito.
ARTÍCULO 2º.- El Centro de Acopio Transitorio deberá reunir las siguientes condiciones:
ARTÍCULO 3º.- Los productos fitosanitarios son aquellos de acción química y/o biológica que sean utilizados para la producción y desarrollo de la producción vegetal.
ARTÍCULO 4º.- A los efectos de preservar la salud y el medio ambiente, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, queda absolutamente prohibido:
ARTÍCULO 5º.- Se entenderá por USUARIOS RESPONSABLES a aquellos que cumplan con la siguiente obligación:
ARTÍCULO 6º.- La Municipalidad de Puan, a través del área de Medio Ambiente, realizará campañas de difusión y concientización tendientes a difundir las buenas prácticas agrícolas de los usuarios de productos fitosanitarios y de la comunidad en general de acuerdo a las normas ambientales vigentes.
ARTÍCULO 7º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a delegar el trabajo de recolección, acopio transitorio y clasificación a personas físicas o jurídicas que se comprometan a cumplir con lo estipulado en la presente.
ARTÍCULO 8º.-Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido archívese.-
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A ONCE DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL DOCE.
Busso Marta, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa