Boletines/Puan
Ordenanza Nº 5487/12
Puan, 11/04/2012
Corresponde al Expediente Nº 4552/92
ORDENANZA
O R D E N A N Z A Nº 5 4 8 7 / 1 2
ARTÍCULO 1°. Modifícase El Artículo 8º de la ORDENANZA Nº 4436/08, relacionada con el beneficio de la Beca Polimodal, Terciaria o Universitaria, quedando redactado de la siguiente manera:
”ARTÍCULO 8º El alumno que solicite la beca deberá presentar indefectiblemente antes del 31 de diciembre de cada año (Solicitud o renovación) la siguiente documentación:
”En el caso de renovación de BECAS para Carreras Universitarias de grado con 5 años o más de duración: analítico y:
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y cumplido, archívese.
DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA, A ONCE DIAS DEL MES DE ABRIL DE DOS MIL DOCE.
Busso Marta, Presidente. Graciela M. Montemuiño, Secretaria Legislativa