Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 1057/2019
Adolfo Gonzales Chaves, 27/08/2019
Visto
El Expediente 4055-250-2018, Cuerpo II, en el cual se tramitan ayudas económicas para abonar deudas por servicio de luz eléctrica y conexión del mencionado servicio en viviendas habitadas por personas carenciadas; y
Considerando
Que, a fojas 232, 237,240, 244, 248, 252 y 255 la Directora de Acción Social solicita ayudas económicas para abonar deudas por servicio de luz eléctrica;
Que, a fojas 235, 241, 245, 249, 253 y 256 se adjuntan comprobantes de deudas;
Que, a fojas 236, 239, 243, 247, 251, y 254 se agregan Encuestas Socioeconómicas;
Que, a fojas 259 se agrega informe de Contaduría Municipal;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Otórgase a los siguientes personas detalladas a continuación un subsidio económico para abonar deuda por servicio de luz eléctrica que registra en su vivienda, ubicadas en nuestra ciudad:
Vivienda ubicada en calle Sargento Cabral Nº 1064
($1.535,09.-)
Vivienda ubicada en calle Brandsen Nº 131
Vivienda ubicada en Avenida Independencia Nº 546
($3.266,76.-)
Vivienda ubicada en calle Lucio V. López Nº 991
Vivienda ubicada en calle Sargento Cabral Nº 1050
($1.843,12.-)
Vivienda ubicada en calle Uruguay Nº 274
ARTICULO 2º.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida:
Jurisdicción 1110133000 Secretaría de Salud y Acción Social
Programa 37.01.00: Dirección de Acción Social
Fuente de Financiamiento 110: de origen Municipal
5.0.0.0. Transferencias
5.1.0.0. Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.4.1. Ayudas Sociales a Personas
ARTICULO 3º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-