Boletines/Vicente López

Decreto Nº4197/19

Decreto Nº 4197/19

Vicente López, 27/09/2019

NOTA N° 2804/019

Visto

que mediante Decreto N° 338/78 y sus modificatorios, se delega Ia facultad de autenticar y legalizar todos los documentos, sean éstos originales, copias de cualquier índole, certificados o testimonios expedidos por Ia Comuna, en los funcionarios que allí se establecen; y,

Considerando

Que es necesaria Ia incorporación al mencionado instrumento legal a las agentes CECILIA TABOADA L.P N° 31208, designada por Decreto N° 4379/18 como Asesor II, GABRIELA RODRIGUEZ LP. N° 31189, designada por Decreto N° 4341/18, como Directora y MARIA VALERIA ALVAREZ LP. N° 16439, designada por Decreto N° 3854/08 como Subdirectora, para optimizar las funciones de su injerencia.
Que corresponde dar de baja del Decreto mencionado y sus modificatorios al agente OSCAR FLORES LP.N° 17113, ya que el mismo se ha acogido al beneficio jubilatorio.

Por ello, en uso de sus atribuciones, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ:
DECRETA

ARTICULO 1°.- AMPLIANSE los alcances del Decreto N° 338/78 y sus modificatorios, donde se delegara en distintos funcionarios Ia facultad de autenticar y legalizar todos los documentos expedidos por Ia Comuna, incluyendo en el mismo a las agentes CECILIA TABOADA L.P N° 31208, designada por Decreto N° 4379/18 como Asesor II, GABRIELA RODRIGUEZ LP. N° 31189, designada por Decreto N° 4341/18, como Directora y MARIA VALERIA ALVAREZ LP. N° 16439, designada por Decreto N° 3854/08 como Subdirectora, dependientes de Ia Secretaría de Salud, para optimizar las funciones de su injerencia.
ARTICULO 2°.- DÉSE DE BAJA del Decreto N° 338/78 y sus modificatorios al agente OSCAR FLORES LP.N° 17113, ya que el mencionado se ha acogido al beneficio jubilatorio.
ARTICULO 3°.- CÚMPLANSE, a través de Ia Dirección General Administrativa y de Legislación, dependiente de Ia Secretaría de Gobierno y Legal y Técnica, los recaudos pertinentes en lo referente al registro de firmas de las funcionarias autorizadas a extender certificados y demás documentos, conforme al artículo precedente, ante el Ministerio del Interior de Ia Nación para validar los mismos dentro del País.-
ARTICULO 4°.- NOTIFÍQUESE formalmente a las agentes designadas por el presente Decreto.-
ARTICULO 5°.- TOMEN conocimiento Ia Secretaría de Salud y Ia Dirección General Administrativa y de Legislación.-
ARTICULO 6°.- DÉSE al Registro Municipal de Decretos, hágase saber, cúmplase y ARCHÍVESE.-

Fdo: Macri- Vittorini