Boletines/Chascomús
Decreto Nº 863/19
Chascomús, 01/10/2019
AUTORIZACIÓN GASTO SECRETARIA PLANIFICACIÓN Y TURISMO
Visto
La realización de la próxima FIT 2019 (Feria Internacional de Turismo) que se desarrollará los días 5, 6, 7 y 8 de Octubre en el predio de la Rural de Palermo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y
Considerando
Que uno de los objetivos planteados por la Secretaria de Planificación Turismo es la participación en todas las Ferias y Workshops Turísticos más importantes según el Calendario de Ferias 2019.
Que la FIT constituye uno de los encuentros de comercialización turística de alcance provincial, nacional e Internacional donde se reúnen los principales operadores y destinos turísticos junto a un importante número de público general que visita la feria.
Que la Secretaría de Planificación y Turismo representará a nuestro destino en un escritorio dentro de la isla de la Sub Secretaria Provincial de Turismo.
Que esta Feria constituye uno de los principales eventos de promoción y difusión turística en donde se reúnen agentes, empresas turísticas y público en general concentrando un importante número de visitantes.
Que la representación de Chascomús en la FIT 2019 demandará el traslado de personal, viáticos, ceremonial y demás para el normal desarrollo del evento los cuatro (4) días que dura el mismo.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Autorícese a la Secretaría de Planificación y Turismo a efectuar los gastos necesarios, para la participación de la Municipalidad de Chascomús en la Feria Internacional de Turismo 2019 que se llevará a cabo los días 5, 6, 7 y 8 de Octubre en el predio de la Rural de Palermo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
ARTICULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente impútese a la Jurisdicción 1110115000 - Secretaría de Planificación y Turismo, Categoría Programática 52.02.00- Promoción, Difusión y Marketing Turístico; Fuente de Financiamiento 110 - Tesoro Municipal.-
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaria de Planificación y Turismo, Contaduría, Tesorería y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín).-
ARTICULO 5°.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-