Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº2350/19

Decreto Nº 2350/19

General Pueyrredon, 19/09/2019

Visto

las presentes actuaciones, y

 

Considerando

Que mediante las mismas la Secretaría de Salud debido a la implementación del Sistema de Atención Médica de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires “SAME” y la necesidad de contar con radio operadores, solicita la designación del señor Andrés Leandro Martínez  –  CUIL. 20-34956000-4 -, quien cumplirá esa función, como Administrativo Inicial, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.

 

Que por Ordenanza Nº 24192 (Decreto Nº 1724/19) ha sido aprobado el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2019, para la Administración Central, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para reasignar créditos presupuestarios del inciso Gastos en Personal.

 

Que la Dirección de Presupuesto con fecha 2 de septiembre de 2019,  eleva el informe correspondiente.

Por ello, en uso  de las atribuciones que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificación  y hasta el 31 de diciembre de 2019, inclusive, al señor ANDRES LEANDRO MARTINEZ (Legajo Nº  34.782/1 – CUIL. 20-34956000-4), como ADMINISTRATIVO INICIAL (C.F. 5-02-66-01 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 11690), con dependencia de la Subsecretaría de Salud y Protección Sanitaria (U.E. 11-01-0-0-0-00), para cumplir funciones de Radio Operador de lunes a sábados en el Sistema de Atención Médica de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires “SAME”, en horario matutito, vespertino y/o nocturno, con carácter de Personal Temporario Mensualizado.

 

ARTÍCULO 2º.- Déjase constancia que la presente erogación será financiada con fondos provenientes del “SAME Provincia” y asimismo, conforme a lo expuesto por la Contaduría General con fecha 6 de junio de 2019 - segundo párrafo -  la cuenta del Cálculo de Recursos vigente que se detalla seguidamente: 17.5.01.56 – Convenio para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias – SAME Provincia – Afectado.

 

ARTÍCULO 3º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto en el presente deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-08-000 – Prog. 55-00-00- Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F. y Fin. 1-3-2 – Inc. 1 – P.P. 2 – P.p. 1 – P.Sp. 1.

 

ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE SALUD y DE GOBIERNO.

 

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.

                                   BLANCO                    VICENTE                   ARROYO