Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº2893/19

Resolución Nº 2893/19

General Pueyrredon, 16/10/2019

Visto

 el expediente nº 9566-8-2019 cuerpo 01, relacionado con los predios ubicados en la avenida Constitución esquina Juan Bautista de La Salle, designados catastralmente como Circ. 6, Secc. A Cod. 1, Manz. 138 B, Parcela 11D, 11E, 11F Y 11G, y

Considerando

Que a fs. 2 el Departamento Control del Espacio Público, de la Dirección General de Inspección General, en el marco del Programa Propietario Responsable Ordenanza 21291/13, realiza una inspección, con fecha 12 de febrero de 2019, informando que dicho predio se encuentra en malas condiciones de higiene, atentando contra la salubridad pública.

 

Que a fs. 9/14 obran Cédulas de Notificación, del día 13 de febrero de 2019, intimando a los propietarios y/o responsable de los predios a proceder a su higienización.

 

Que a fs. 15/17 obran copias de Actas de Constatación nº 699190, 699191 y 699194, del día 23 de mayo de 2019, donde se observa que no han sido modificadas las condiciones de insalubridad en los predios mencionados.

Que a fs 18 la Defensoría del Pueblo remite nota refiriéndose a la continuidad del problema relacionado con la falta de limpieza en los lotes aludidos.

Que a fs. 20 se encuentra Acta de Inspección nº 06848, del día 20 de agosto de 2019, del citado  Departamento, donde se observa que continúan las condiciones de insalubridad denunciadas, adjuntándose fotografías a fs. 21/22.

Que a fs. 29 se encuentra nueva Acta de Inspección nº 10869, del día 19 de septiembre de 2019, del citado  Departamento, con el mismo resultado que la inspección anterior.

 

Que es deber del Estado Municipal garantizar condiciones de salubridad mediante el control continuo de la higiene de los terrenos baldíos y viviendas abandonadas y propender a facilitar las condiciones ambientales necesarias para que la ciudad se muestre ordenada y cuidada.

 

Que en ese sentido es que se debe emplazar a los propietarios a realizar acciones como la limpieza, el desmalezado, desratizado y desinfectado de sus predios, procediendo por administración en caso de negativa, con el objeto final e ineludible de mantener el cuidado del medioambiente, a fin de asegurar la salud de la comunidad.

Que ello es necesario a fin de conjurar los peligros que para la salubridad pública, conlleva la falta de higiene como la detectada y documentada en el presente caso,  con la finalidad de contribuir a la mejora del medio ambiente, así como a la salud y la calidad de vida de los ciudadanos.

 

Que la Dirección de Dictámenes de la Subsecretaría Legal y Técnica ha dictaminado a fs. 31 vta. que “(...) habiéndose constatado que se encuentra comprometida la salubridad publica,  siendo éste el único supuesto en que la Municipalidad se encuentra facultada a allanar domicilios de acuerdo al art. 108º inc. 5) de la L.O.M. y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires- correspondería propiciarse el dictado del acto administrativo que así lo disponga, al solo efecto de hacer cesar la afectación a la salubridad  y seguridad pública aludida”.-

 

Por ello, atento lo dictaminado por la Subsecretaría Legal y Técnica y conforme con las facultades delegadas mediante  Decreto nº 1500/16,

 

EL  SECRETARIO DE GOBIERNO

 

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Disponer el allanamiento de los predios ubicados en la avenida Constitución esquina Juan Bautista de La Salle, designados catastralmente como Circ. 6, Secc. A Cod. 1, Manz. 138 B, Parcela 11D, 11E, 11F Y 11G, por los motivos expuestos en el exordio y a los efectos de proceder por administración a la realización de los trabajos de higienización con cargo al propietario o responsable, de acuerdo a las previsiones del art. 108º inc. 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

 

ARTÍCULO 2º.- Requerir el auxilio de la fuerza pública, si resultara necesario, con miras al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a los efectos que correspondan, tome intervención la Dirección General de Inspección General.

 

                                                                                  VICENTE