Boletines/General Villegas
Resolución Nº 437/19
General Villegas, 27/05/2019
Visto
El Expediente Nº 5700/19 iniciado por la Directora de Niñez y Adolescencia, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria a la agente Yanina Pamela Benítez, Legajo Personal N° 4073, por cometer una falta en su lugar de trabajo, elevando la voz, motivando la baja del programa de una niña que concurría a la institución; y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 4 y 5, consignando los datos de la agente y que registra inasistencias injustificadas.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, sugiriendo se aplique a la agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “Apercibimiento”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 68 inciso c) de dicha Ordenanza.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “Apercibimiento”, a la agente Yanina Pamela Benítez, Legajo Personal N° 4073, 230 Módulos, 30 Horas Semanales, Jurisdicción 1110109000, Categoría Programática 65.06.00, Planta Permanente – Personal de Servicios – Auxiliar B, conforme lo dispuesto en el Artículo 67 apartado I inciso b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 68 inciso c) de dicha Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Asuntos Jurídicos y Dirección de Niñez y Adolescencia; cúmplase y archívese.