Boletines/General Villegas
Resolución Nº 429/19
General Villegas, 24/05/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 6727/10, correspondientes a la habilitación de un comercio perteneciente a la señora María Alejandra Cordido, dedicado a la explotación del rubro “Tienda - Mercería”; y
Considerando
Que por Expediente Nº 6727/10 Alcance 2, agregado al principal como foja 39, la titular del comercio informa el traslado de la actividad comercial al local sito en calle 1º de septiembre Nº 234 de la localidad de Banderaló, a partir del 11 de marzo de 2013.
Que por Expediente Nº 6727/10 Alcance 3, agregado al principal como foja 54, comunica el traslado de la actividad comercial al local sito en calle Luis A. Roca Nº 092, de la localidad de Banderaló.
Que a fojas 66, mediante el Acta de Constatación Nº 6547, de fecha 28 de febrero de 2018, surge que el comercio no se encuentra funcionando.
Que a fojas 69 y 70, División Comercio e Inspección solicita se registre la Habilitación, el doble traslado y posteriormente baja del contribuyente.
Que a fojas 74, el Departamento de Rentas informa que el contribuyente no registra deuda.
Que a fojas 79 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente a los efectos de registrar el comercio como contribuyente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación provisoria de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Tienda y Mercería”, denominación comercial “Vía Chica”, de la señora María Alejandra Cordido - D.N.I Nº 30.317.839, Codificador de Rentas Nº 62200-01, Socio Nº 102 - Usuario N° 001-T1R - Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Dr. Cimino N° 168 de la localidad de Banderaló, individualizado catastralmente como Circunscripción Vl- Sección D- Manzana 6- Parcela 8a, fecha de apertura 21 de agosto de 2010.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese el traslado del comercio mencionado en el Artículo Primero al local comercial sito en calle 1º de septiembre Nº 234 de la localidad de Banderaló, individualizado catastralmente como Circunscripción VI- Sección D- Manzana 3- Parcela 3a, Socio Nº 169 - Usuario Nº 0001 - T1G - Servicios Generales B.C, a partir del día 11 de marzo de 2013.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese el traslado del comercio mencionado anteriormente, al local comercial sito en calle Luis A. Roca Nº 92 de la localidad de Banderaló, individualizado catastralmente como Circunscripción VI- Sección D- Manzana 6- Parcela 6c, Socio Nº 1076 - Usuario Nº 0001-T1G - Servicios Generales, a partir del día 30 de junio de 2016.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese la baja del comercio mencionado en el Artículo anterior, a partir del 28 de febrero de 2018.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Seguridad, División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.