Boletines/General Villegas

Resolución Nº397/19

Resolución Nº 397/19

General Villegas, 13/05/2019

Visto

El Expediente Nº 1276/10, correspondiente a la habilitación de un comercio, perteneciente a la señora Margarita Jaquelina Luna, dedicado a la explotación del rubro “Despensa”, con fecha de alta 03 de febrero de 2009, registrado como Contribuyente Nº 20249; y

Considerando

Que mediante Acta de Constatación Nº 6522, realizada el 20 de febrero de 2018, se verificó que el comercio ha dejado de funcionar como tal (fojas 128).

Que por Expediente Nº 1276/10 Alcance 2, agregado a fojas 132, la recurrente comunica la baja de la actividad comercial, desde el 27 de enero de 2018.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 139, informando que el contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.         

Que a fojas 143 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                    

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 27 de enero de 2018, del comercio perteneciente a la señora MARGARITA JAQUELINA LUNA, DNI Nº 22.412.048, Contribuyente Nº 20249, habilitado con el rubro “DESPENSA”, denominación comercial “JAQUELINA”, Codificador de Rentas Nº 62100-06, NIS Nº 1531099-01 – T1R – Residencial, con domicilio comercial en calle Humberto Compagnucci Nº 542 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 39a, Parcela 7, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 1276/10.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.