Boletines/General Villegas
Resolución Nº 386/19
General Villegas, 10/05/2019
Visto
El Expediente Nº 4602/09, iniciado por el señor Guillermo Enrique Miranda, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Servicios de Viandas” y que se circunscriba la Pequeña Unidad Productiva dentro de los alcances de la Ordenanza N° 3661, desde el día 13 de agosto de 2009; y
Considerando
Que a fojas 2, obra la solicitud de inscripción en el Registro Provincial de Pequeñas Unidades Productivas.
Que por Expediente Nº 4602/09 Alcance 1, agregado al principal como foja 11, el titular del comercio manifiesta que incorporó el rubro “Despensa” a la actividad comercial principal, a partir del día 05 de junio de 2009, aportando el pago de la tasa correspondiente.
Que a fojas 21, obra el Acta de Inspección Nº 404, realizada por la oficina de Bromatología, certificando que el mismo se encuentra en buenas condiciones edilicias y de higiene.
Que a fojas 42 Departamento Catastro suministró los datos del inmueble.
Que a fojas 62 y 63, se adjunta Acta de Inspección Nº 6063 y Censo de Comercio e Industria Nº 6218, mediante el cual el recurrente declara no contar con empleados en relación de dependencia.
Que por Expediente Nº 4602/09 Alcance 3, agregado al principal como foja 74, el titular del comercio manifiesta la baja del comercio, a partir del día 01 de diciembre de 2009.
Que por Acta de Constatación Nº 7308, surge que el comercio ya no funciona como tal.
Que División Comercio e Inspección General interviene a fojas 82, solicitando se registre la habilitación provisoria dentro de los alcances de la Ordenanza Nº 3661, el anexo y posteriormente la baja del comercio.
Que a fojas 83 Departamento de Rentas informa que no posee deuda.
Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las tasas municipales, devengadas durante el período en el que se desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.
Que a fojas 87 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la Habilitación Provisoria de un comercio dedicado a la explotación del rubro “Servicios de Viandas”, denominación comercial “Las Mirandas”, perteneciente al señor Guillermo Enrique Miranda, DNI Nº 24.219.864, Codificador de Rentas Nº 62100-07, Socio Nº 000018 - Usuario Nº 0001 - T1R Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Dr. Cimino Nº 205 de la localidad de Banderaló, individualizado catastralmente como Circunscripción VI, Sección D, Manzana 12, Parcela 1d, Fecha de apertura 5 de junio de 2009.
ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese el Anexo Provisorio del rubro “Despensa”, Codificador de Rentas Nº 62100-06, a la actividad comercial principal mencionada en el Artículo Primero, desde el 5 de junio de 2009.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja del comercio mencionado anteriormente, desde el 1 de diciembre de 2009.
ARTÍCULO CUARTO: Encuádrese dentro de los alcances de la Ordenanza N° 3661 y Decreto Reglamentario N° 476/02 al comercio mencionado en el Artículo Primero.
ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Seguridad , División Comercio e Inspección, Dirección de Rentas, Contaduría, División Centro de Cómputos, Bromatología, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.