Boletines/General Villegas
Resolución Nº 368/19
General Villegas, 06/05/2019
Visto
El Expediente Nº 4589/19 iniciado por el Director de Servicios Urbanos, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria al agente Juan Agustín Camaño, Legajo Personal N° 4969, por no realizar el día 10 de abril del corriente año sus tareas laborales de recolección de residuos nocturnos en forma correcta, afectando la normal prestación del servicio; y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene en fojas 4 a 7, consignando los datos del agente y que registra sanciones disciplinarias como también inasistencias injustificadas.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 8, sugiriendo se le aplique al agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el termino de un (1) día, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por transgredir lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha Ordenanza.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de un (1) día para el 4 de junio de 2019, al agente Juan Agustín Camaño, Legajo Personal N° 4969, 11 Módulos, 36 Horas Semanales, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 43.00.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por transgredir lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Asuntos Jurídicos y Dirección de Servicios Urbanos; cúmplase y archívese.