Boletines/General Villegas
Resolución Nº 357/19
General Villegas, 03/05/2019
Visto
El Expediente Nº3287/19, iniciado por la Secretaria de Deportes y Turismo, informando que la agente Graciela Beatriz Chaparro, Legajo Personal N°3057 no se presenta a su lugar de trabajo en el Balneario Municipal; y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 3 consignando los datos de la agente y que registra inasistencias injustificadas y posee sanciones disciplinarias en su legajo personal.
Que la Ordenanza Nº 5647 de Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad de General Villegas, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que en fecha 28 de marzo de 2019 fue intimada a reintegrarse a sus tareas habituales en el término de 1 (un) día hábil siguiente debiendo acreditar fehacientemente las causas que imposibilitaron la oportuna comunicación al área respectiva.
Que con fecha 29 de marzo de 2019, la Secretaria de Deportes y Turismo adjunta formulario de carpeta médica de la agente, donde manifiesta que padece una incapacidad laboral desde el 29 de marzo hasta el día 9 de abril de 2019.
Que conforme surge de la documentación acompañada la agente no solo no concurrió desde el día 1 de marzo hasta el día 28 de marzo, fecha de la intimación mediante telegrama colacionado, sino que además no justificó las inasistencias.
Que con fecha 14 de abril de 2019, presenta nuevamente formulario de carpeta médica donde plasma incapacidad laboral desde el día 12 de abril hasta el 5 de mayo de 2019.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 22, sugiriendo proceder al descuento de haberes correspondientes a los días de ausencia sin causa justificada desde el 1 de marzo hasta el 28 de marzo de 2019 y aplicar una Sanción Disciplinaria Correctiva consistente en una “suspensión sin Goce de Haberes” por el termino de diez (10) días, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado 1 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en transgresión con lo estipulado en el Artículo 68 inciso d) de dicha Ordenanza.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en una suspensión de diez (10) días sin goce de haberes, para el día 8 de mayo y hasta el 17 de mayo de 2019, a la agente Graciela Beatriz Chaparro, Legajo Personal N°3057, Personal Planta Permanente, 230 Módulos, 30 Horas Semanales, Jurisdicción 1110114000, Categoría Programática 26.02.00, Personal de Servicios, Clase I, Auxiliar b, conforme lo dispuesto en el Artículo 67 apartado 1 inciso c) de la Ordenanza Nº5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 68 inciso d) de dicha Ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos a descontar los días de inasistencias injustificadas en que incurrió la agente Graciela Beatriz Chaparro Legajo Personal Nº 3057, desde el 1 de marzo hasta el día 28 de marzo de 2019.
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Secretaría de Deportes y Turismo y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.