Boletines/General Villegas

Decreto Nº928/19

Decreto Nº 928/19

General Villegas, 31/05/2019

Visto

El Expediente Nº 5776/19, iniciado por la Cooperativa Eléctrica de Obras y Desarrollo de Villa Saboya Limitada, solicitando un subsidio destinado a solventar gastos de mantenimiento de la estafeta postal y cesión del local para el año 2019; y

Considerando

Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos treinta mil ($ 30.000.-), pagadero en cinco cuotas de Pesos seis mil ($ 6.000.-), a la Cooperativa Eléctrica de Obras y Desarrollo de Villa Saboya Limitada, destinado a solventar gastos de mantenimiento de la estafeta postal y cesión del local para el año 2019.

ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque conforme se indica en el Artículo Primero.

ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).

ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Departamento Ejecutivo

Jurisdicción:

Conducción Superior

Programas o Actividades Centrales:

79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado

Unidad Ejecutora:

Intendente Municipal

Fuente de Financiamiento:

110

Clase:

5.1.7.0

Descripción de Clase:

Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro

Importe:

$ 30.000.- ( $ 6.000 por 5 meses)

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.