Boletines/General Villegas
Decreto Nº 811/19
General Villegas, 17/05/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 5175/19, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 20/19 destinada a la “Provisión de mano de obra y materiales - Senderos, círculos de descanso y contención para árboles en Circuito Ferrocarril”; y
Considerando
Que a fojas 142 y 143 se adjunta el acta de apertura de propuestas y de fojas 146 a 148 las planillas de comparación de ofertas.
Que la oficina de Compras interviene a fojas 149, indicando que se invitaron cinco (5) proveedores, de los cuales se presentaron cuatro (4) e informando que la presentación realizada por Urbano Roberto Mamani resulta rechazada por incumplir lo dispuesto en el Artículo 5º del Pliego de Bases y Condiciones.
Que por lo expuesto el Secretario de Obras y Servicios Públicos a fojas 150, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Miguel Santiago Medina en la suma de Pesos un millón cuarenta mil quinientos setenta y uno ($ 1.040.571), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones y desestimar las ofertas presentadas por las empresas Inarco S.A. y Zomaco S.R.L., a quienes corresponde realizarle la devolución de las garantías de mantenimiento de oferta aportadas.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la licitación privada Nº 20/19 destinada a la “Provisión de mano de obra y materiales - Senderos, círculos de descanso y contención para árboles en Circuito Ferrocarril”, al oferente miguel santiago medina, en la suma de Pesos un millón cuarenta mil quinientos setenta y uno ($ 1.040.571), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 5175/19.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímense las propuestas presentadas en la licitación mencionada en el Artículo Primero, a los oferentes Inarco S.A. y Zomaco S.R.L., por no resultar convenientes a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Autorízase a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a los oferentes que se detallan a continuación, la Garantía de Mantenimiento de Oferta aportada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería y Secretaría de Obras y Servicios Públicos; cúmplase y archívese.