Boletines/General Villegas

Decreto Nº808/19

Decreto Nº 808/19

General Villegas, 15/05/2019

Visto

El Expediente Nº 5593/19, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago del servicio de Luz, por un monto de Pesos seis mil quinientos ($ 6.500.-) para su evaluación; y

Considerando

Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.

Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 44.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos seis mil quinientos ($ 6.500.-), destinado a solventar el pago del servicio de Luz, conforme el siguiente detalle:

Apellido y Nombre

DNI

Importe

Bracciale Luciana

32.102.439

$    900

Díaz M. Isabel

17.441.044

$    900

Falcón Gladys

16.215.919

$    300

Farías Barbara D.

17.168.210

$    900

Meza Feliza

22.015.898

$    700

Nieva Florencio J.

17.405.370

$    500

Piña Claudia

22.104.206

$    500

Ramos Betiana

34.144.015

$    300

Ramos Mirta

4.922.314

$    600

Sosa M. Ayelen

38.363.514

$    900

ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:

Jurisdicción:

Secretaría de Acción Social

Fuente de Financiación:

110

Inciso:

5 - Transferencias

Partida Principal:

1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente

Partida Subparcial:

04 - Ayuda Sociales a Personas

Programa:

62 – Asistencia Social Directa

Actividad Prog:

03 - Subsidios Varios

Importe:

$ 6.500-

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.