Boletines/General Villegas

Decreto Nº772/19

Decreto Nº 772/19

General Villegas, 09/05/2019

Visto

El Expediente Nº 11174/18, mediante el cual se tramitó el Concurso de Precios Nº 30/18 destinado al “Servicio de maquinaria y mano de obra – Reconstrucción y consolidación de camino 050-06 desde progresiva 18+200 hasta 21+440, según Plan Director Vial”; y

Considerando

Que mediante Decreto Nº 1530/18 se adjudicó dicha licitación al adjudicatario Agrovial Villegas SRL, en la suma de Pesos trescientos setenta mil trescientos ($ 370.300,00).

Que el Director Vial manifiesta que se procedió a dar conformidad a las Actas de Recepción Provisoria y Definitiva de los trabajos pertenecientes al Concurso señalado con fecha 5 de noviembre de 2018 y 5 de mayo de 2019 respectivamente y que debería procederse a la devolución del pagaré sin protesto certificado aportado en concepto de Garantía de Ejecución de Contrato a Agrovial Villegas SRL.

Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones del Concurso, se deberá proceder conforme a lo solicitado.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes al Concurso de Precios Nº 30/18 destinado al “Servicio de maquinaria y mano de obra – Reconstrucción y consolidación de camino 050-06 desde progresiva 18+200 hasta 21+440, según Plan Director Vial”; según Acta del día 5 de noviembre de 2018, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y Agrovial Villegas SRL, en su carácter de adjudicatario, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 11174/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos pertenecientes al Concurso mencionado en el artículo primero, según Acta del día 5 de mayo de 2019, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y Agrovial Villegas SRL en su carácter de adjudicatario, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 11174/18.

ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase al Adjudicatario Agrovial Villegas SRL, el pagaré sin protesto certificado por Pesos treinta y siete mil treinta ($37.030,00) de fecha 24 de noviembre de 2018 aportados en concepto de Garantía de Ejecución de Contrato

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería, Compras y Dirección Vial; cúmplase y archívese.