Boletines/General Villegas
Decreto Nº 771/19
General Villegas, 09/05/2019
Visto
El Expediente Nº 5323/19, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago del servicio de Luz, por un monto de Pesos tres mil seiscientos ($ 3.600.-) para su evaluación; y
Considerando
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 28.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos tres mil seiscientos ($ 3.600.-), destinado a solventar el pago del servicio de Luz, conforme el siguiente detalle:
Apellido y Nombre |
DNI |
Importe |
De Armas Susana |
26.318.895 |
$ 800 |
García Olga |
4.822.831 |
$ 300 |
Magallanes Marisa |
18.574.901 |
$ 400 |
Paredes Lagos Adelina |
94.939.662 |
$ 600 |
Quevedo Luis |
22.312.296 |
$ 900 |
Ruíz Silvana |
28.300.824 |
$ 600 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5 - Transferencias |
Partida Principal: |
1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04 - Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
62 – Asistencia Social Directa |
Actividad Prog: |
03 - Subsidios Varios |
Importe: |
$ 3.600- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.