Boletines/General Villegas

Decreto Nº757/19

Decreto Nº 757/19

General Villegas, 08/05/2019

Visto

El Expediente Nº 3068/19 Alcance 1, iniciado por el agente Mauro Rafael Diez, Legajo Personal Nº 3839, interponiendo recurso de revocatoria contra la Resolución N° 280/19; y

Considerando

Que en primer término el agente impugna la suspensión de 3 (tres) días sin goce de haberes establecida en dicha Resolución por ser nula y solicita la abstención de la suspensión, como de efectuar descuento alguno en los haberes, hace reserva de recurrir la sanción ante autoridad jerárquica superior y ante los Tribunales Ordinarios de la Jurisdicción competente.

Que en segundo lugar alega que no ha cometido ninguna de las faltas descriptas en el Artículo 68 inciso a, b, y c de la Ordenanza Nº 5647.

Que en su descargo manifiesta que una Concejal imparte órdenes a los empleados municipales configurándose un delito de funcionario público tipificado como abuso de autoridad, asimismo niega rotundamente haber incumplido orden alguna, ante lo cual sugiere abrir una investigación respecto de la Concejal.

Que funda su derecho en los Artículos 14, 14 bis y 18 de la Constitución Nacional, en la Ordenanza Nº 5647 y en la Ley Nº 14.656 de Empleo Municipal.

Que de la realidad de los hechos se desprende que las manifestaciones vertidas respecto de la Concejal no son más que meros argumentos tratando de justificar sus comportamientos inadecuados.

Que el agente en reiteradas oportunidades no cumple con las órdenes impartidas por el Delegado Municipal de la localidad de Emilio V. Bunge (Artículo 68 inciso c), llega tarde a su lugar de trabajo (Artículo 68 inciso a), se ausenta sin previo aviso sumado a la falta de respeto con la que se dirige a sus superiores (Artículo 68 inciso b), en consecuencia la sanción se encuentra basada en hechos exactos y concretos.

Que el agente Diez posee antecedentes de sanciones disciplinarias por lo que la suspensión dispuesta puede dañar su legajo personal.

Que la sanción aplicada se decretó en conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67º apartado 1) inciso c) y con el último párrafo del Artículo 72º de la Ordenanza Número 5647, la cual resulta expresa, fundada, y emanado de autoridad competente.

     Que en virtud de todo lo expuesto, la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere se ratifique la Resolución N° 280/19, correspondiendo el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Rechácese el recurso de revocatoria interpuesto por el agente Mauro Rafael Diez, Legajo Personal Nº 3839, contra la Resolución Nº 280/19, por las razones expuestas ut supra.

ARTÍCULO SEGUNDO: Ratifíquese en todos sus términos la Resolución Nº 280 de fecha 1 de abril de 2019.

ARTÍCULO TERCERO: Notifíquese en legal tiempo y forma. 

ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase a la Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamento Personal; cúmplase y archívese.