Boletines/Bolivar

Decreto Nº2199

Decreto Nº 2199

Bolivar, 12/09/2019

Visto

El Expediente N° 4013-601/18 por los que la Sra. , en su carácter de Transmitente y la firma “” CUIT N° , representada por su Socio Sr., en carácter de Adquirente, solicitan el Cambio de Firma y Transferencia del inmueble sito en Avda. 3 de Febrero N° 199  de esta ciudad en el rubro comercial “Venta de Gas Natural Comprimido”, y;

Considerando

Que a fs. 1 vta. la Dirección de Planeamiento informa que el rubro “Venta de Gas Natural Comprimido” cumple con la ordenanza 329/79.-

 

Que a fs. 2 el requirente constituye domicilio especial.-

 

Que a fs. 3 se ha adjuntado copia de DNI del requirente.-

 

Que a fs. 4/6 se ha adjuntado constancia de inscripción en AFIP y constancia de inscripción en Ingresos Brutos.-

 

Que a fs. 7/9 obra copia de Contrato de Comodato, con firmas debidamente certificadas.-

 

Que a fs. 10 obra copia de Plano de Obra del inmueble a habilitar.-

 

Que a fs. 11/20 obra copia de escritura numero ciento treinta y siete de Constitución de Sociedad Anónima, Resolución y Folio de Inscripción N° 130109 ante Personas Jurídicas.-

 

Que a fs. 21 obra Certificado de Vigencia N° 24586.-

 

Que a fs. 22/28 obra copia de último balance.-

 

Que a fs. 29/41 obra Informe de Técnico en Seguridad e Higiene.-

 

Que a fs. 42/43 obra plano de Instalación para Gas Natural.-

 

Que a fs. 44/50 obra póliza de Seguro de Responsabilidad Civil.-

Que a fs. 51/53 obra póliza de Seguros de Caución para Sujetos del Sistema de GNC.-

 

Que a fs. 55/57 obra Planilla de Matafuegos.-

 

Que a fs. 58/65 obra Certificado de Revisión de Cilindro para GNC.-

 

Que a fs. 66/67 obra Libre Deuda Municipal.-

 

Que a fs. 68/69 obra certificado de Libre deuda emitido con fecha 22/03/2018 por el Juzgado de Faltas.-

 

Que a fs. 70/76 la Oficina de Inspección informa que el local se encuentra apto para su funcionamiento.-

 

Que a fs. 77/78 obra Dictamen N° 446/18.-

 

Que a fs. 79/81 obra copia de Decreto N° 1571/2018.-

 

Que a fs. 82 obra nota ingresada por Mesa de Entradas de este Municipio con fecha 28/11/2018 bajo el N° 2028 del Folio 331, mediante la cual el Presidente de la requirente solicita la prórroga de la Habilitación Provisoria otorgada mediante Decreto N° 1571 de fecha 03/09/2018, atento encontrarse tramitando la inscripción ante el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a granel y de Gas Natural Comprimido dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nro. 1102/04.-

 

Que a fs. 83/84 obra Dictamen Juridico N° 570/2018.-

 

Que a fs. 85/88 obra Decreto N° 2145/2018.-

 

Que a fs. 89 obra nota ingresada por Mesa de Entradas de este Municipio con fecha 31/07/2019 bajo el N° 1086 del Folio 96, mediante la cual el Presidente de la requirente solicita la prórroga de la Habilitación Provisoria otorgada atento encontrarse tramitando la inscripción ante el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a granel y de Gas Natural Comprimido dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nro. 1102/04.-

 

Que habiendo tomado intervención de su competencia la Dirección de Asuntos Jurídicos, informando que siendo requisito sine qua non para obtener la Habilitación Municipal en forma definitiva, que la Sociedad requirente se encuentre inscripta en el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a Granel y de Gas Natural Comprimido dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nro. 1102/04-, se podrá prorrogar la habilitación municipal otorgada en forma precaria y provisoria por el término de noventa (90) días, del inmueble sito en Avda. 3 de Febrero N° 199 de esta ciudad en el rubro comercial “Venta de Gas Natural Comprimido” a la razón social “Gas Carielli S.A”, al solo efecto de que se obtenga la respectiva Constancia de Inscripción ante la Secretaria de Energía de la Nación, sin importar la presente habilitación permiso para el ejercicio del comercio y cuyo incumplimiento en el plazo otorgado producirá la caducidad de los derechos concedidos a la requirente, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación y/o intimación alguna.-  

 

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLÍVAR

 

DECRETA

Artículo 1°: Prorrogase la habilitación municipal otorgada en forma precaria y provisoria, por el término de noventa (90) días, del inmueble sito en Avda. 3 de Febrero N° 199 de esta ciudad en el rubro comercial “Venta de Gas Natural Comprimido” a la razón social “Gas Carielli S.A”, al solo efecto de que se obtenga la respectiva Constancia de Inscripción ante el Registro de Bocas de Expendio de Combustibles Líquidos, Consumo Propio, Almacenadores, Distribuidores y Comercializadores de Combustibles e Hidrocarburos a Granel y de Gas Natural Comprimido dependiente del Ministerio de Energía y Minería de la Nación en cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nro. 1102/04, sin importar la presente habilitación permiso para el ejercicio del comercio.-       

 

Artículo 2°: El incumplimiento en el plazo otorgado producirá la caducidad de los derechos concedidos a la requirente, de pleno derecho y sin necesidad de interpelación y/o intimación alguna.-

 

Artículo 3°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Asuntos Agrarios, Promoción Industrial, Comercio y Valor Agregado.

 

Artículo 4°: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.