Boletines/Suipacha

Resolución Nº60/2019

Resolución Nº 60/2019

Suipacha, 16/08/2019

Visto

La Resolución Nº 52/2016; y

Considerando

Que  la misma se determina quienes son  los beneficiarios que desarrollan tareas en el ámbito hospitalario y en las salas de atención primaria de la salud que reciben en concepto el porcentaje de libre disponibilidad del SAMO proveniente del Sistema de Atención Médicas Organizada (S.A.M.O.);

Que es necesario realizar una modificación en el Artículo 2º de la Resolución Nº 52/2016;

Que es oportuno dictar el acto administrativo correspondiente, por ello, el suscripto,

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones resuelve

Artículo 1º:  Modifíquese el Inciso 3 del Artículo 2º de la Resolución Nº 52/2016, el que quedará redactado de la siguiente manera:

       “Artículo 2º:   Quedaran excluidos del cobro de la bonificación SAMO:

  • Personal con uso de Licencia sin goce de haberes;
  • Personal “ad-honorem”;
  • Personal que haga uso de licencia por enfermedad inculpable o cualquier otro tipo de licencia extraordinaria, por un lapso continuo mayor a treinta (30) días;
  • Personal que no cumpla con la carga horaria por la cual fueron nombrados y/o contratados.

Artículo 2 °: La presente Resolución tendrá aplicación a partir de la Distribución correspondiente al mes de Agosto de 2019 y  será refrendada por el Señor Secretario de Salud y la Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.

Artículo 5°: Cúmplase, comuníquese a las áreas que tengan injerencia en la presente, dése al Registro Oficial de Resoluciones y archívese.