Boletines/Suipacha

Decreto Nº356/2019

Decreto Nº 356/2019

Suipacha, 13/08/2019

Visto

El Expediente Nº 780/2019; y

Considerando

Que el mismo se inicia por nota de la Secretaría de Cultura y Educación de este Municipio a través de la cual solicita se declare de interés municipal  la grabación, impresión, promoción y presentación de un CD con interpretaciones musicales del  músico local ,  Gerardo Báez;

Que este vecino es  muy querido y reconocido por todos los habitantes de nuestra ciudad y  tiene una importante trayectoria artística  de más de 40 años;

Que comenzó su carrera artística a los 9 años formando parte de la banda folklórica  “Los Cantores del Oeste”, luego integró la Banda “Los Hermanos Báez”, en la Década del 80 incorpora el género tropical con el Conjunto “Armonía Tropical” logrando mucho éxito y la grabación de 3 CD: “Un sueño más”, “ Oye tu corazón” y “Hoy como ayer”;

Que era muy requerida su participación en todo tipo de espectáculos,

reservándose siempre un lugar para colaborar con su presencia en festivales benéficos organizados por Entidades e Instituciones Intermedias de nuestro medio;

Que han recorriendo toda la Provincia de Buenos Aires con sus actuaciones;

Que actualmente se desempeña como solista y se ha propuesto   la grabación  de un  CD, donde incluirán  temas de cumbia y melódicos;

Que este  Departamento Ejecutivo  apoya  y  fomenta  constantemente la Expresión cultural manifestada en todas sus formas, considerando pertinente en esta ocasión brindar todo el apoyo necesario a este artista local para posibilitar la grabación de este CD, por ello, el suscripto,

Intendente Municipal del Partido,

En uso de sus atribuciones decreta

Artículo 1º: Declárase de “Interés Municipal”  la  grabación, impresión, promoción y presentación del  CD que incluirá temas de cumbia y melódicos del solista local Gerardo Báez.

Artículo 2º: Hágase llegar copia del presente Decreto al Sr. Gerardo Báez.

Artículo 3º: Autorízase a la  Oficina de Compras a realizar las gestiones y contrataciones necesarias para  dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente.

Artículo 4º:  El  gasto  que  demande  lo establecido  en  el  Artículo 1° se  imputará  a   la siguiente partida:

1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero

1100000000 – Administración Municipal

1110000000 – Administración Central

1110100000 - Departamento Ejecutivo  

1110113000 – Secretaría de Cultura y Educación

17- Difusión  de la Cultura y Educación

     02 – Otras Actividades Culturales y de Recreación

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.

Artículo 6º: Comuníquese, Cúmplase, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.