Boletines/Suipacha
Decreto Nº 356/2019
Suipacha, 13/08/2019
Visto
El Expediente Nº 780/2019; y
Considerando
Que el mismo se inicia por nota de la Secretaría de Cultura y Educación de este Municipio a través de la cual solicita se declare de interés municipal la grabación, impresión, promoción y presentación de un CD con interpretaciones musicales del músico local , Gerardo Báez;
Que este vecino es muy querido y reconocido por todos los habitantes de nuestra ciudad y tiene una importante trayectoria artística de más de 40 años;
Que comenzó su carrera artística a los 9 años formando parte de la banda folklórica “Los Cantores del Oeste”, luego integró la Banda “Los Hermanos Báez”, en la Década del 80 incorpora el género tropical con el Conjunto “Armonía Tropical” logrando mucho éxito y la grabación de 3 CD: “Un sueño más”, “ Oye tu corazón” y “Hoy como ayer”;
Que era muy requerida su participación en todo tipo de espectáculos,
reservándose siempre un lugar para colaborar con su presencia en festivales benéficos organizados por Entidades e Instituciones Intermedias de nuestro medio;
Que han recorriendo toda la Provincia de Buenos Aires con sus actuaciones;
Que actualmente se desempeña como solista y se ha propuesto la grabación de un CD, donde incluirán temas de cumbia y melódicos;
Que este Departamento Ejecutivo apoya y fomenta constantemente la Expresión cultural manifestada en todas sus formas, considerando pertinente en esta ocasión brindar todo el apoyo necesario a este artista local para posibilitar la grabación de este CD, por ello, el suscripto,
Intendente Municipal del Partido,
En uso de sus atribuciones decreta
Artículo 1º: Declárase de “Interés Municipal” la grabación, impresión, promoción y presentación del CD que incluirá temas de cumbia y melódicos del solista local Gerardo Báez.
Artículo 2º: Hágase llegar copia del presente Decreto al Sr. Gerardo Báez.
Artículo 3º: Autorízase a la Oficina de Compras a realizar las gestiones y contrataciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente.
Artículo 4º: El gasto que demande lo establecido en el Artículo 1° se imputará a la siguiente partida:
1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 - Departamento Ejecutivo
1110113000 – Secretaría de Cultura y Educación
17- Difusión de la Cultura y Educación
02 – Otras Actividades Culturales y de Recreación
Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.
Artículo 6º: Comuníquese, Cúmplase, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.