Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº3091/19

Ordenanza Nº 3091/19

Arrecifes, 24/07/2019

VISTO:

 

La Ley Provincial Nro. 14.744, la cual garantiza a todos los niños, niñas y adolescentes el derecho a recibir educación sexual integral.-

 

Que la aludida ley en su artículo 1º establece que: “. . . Todos los educandos y educandas tienen derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y privada dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia, en virtud de lo establecido en la Ley Nacional Nº 26150 y en el marco de la Ley Provincial Nº 13688.

 

Que tanto la Ley Provincial Nro. 14.744, define la educación sexual integral al conjunto de actividades pedagógicas que articulan aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos, destinados a brindar contenidos tendientes a satisfacer las necesidades de desarrollo integral de las personas y la difusión y cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos definidos como inalienables, inviolables e insustituibles de la condición humana y;

 

CONSIDERANDO:

 

Que la educación sexual constituye una oportunidad para que la escuela, en articulación con otros actores, fortalezca la búsqueda de respuestas eficaces a situaciones de vulneración de derechos como lo son la violencia, el abuso y el maltrato hacia niños, niñas y adolescentes, e implemente medidas de protección y reparación para atender a estos problemas.-

 

Que en ese sentido el gobierno municipal debe disponer de todas la herramientas necesarias que contribuyan al desarrollo del Programa Nacional y/o Provincial en nuestro distrito.-

 

Que el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación ha llevado a cabo un relevamiento vinculados al programa en diferentes instituciones educativas durante el año 2018, labor que le permitió fijar las pautas que permitieron definir los lineamientos para la aplicación del proyecto en el año 2019.-

 

Que el Municipio de Arrecifes deberá poner énfasis para articular acciones con las autoridades educativas del distrito que garanticen el desarrollo del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, procurando satisfacer las demandas que se originen en cuanto a recursos humanos, técnicos y económicos.-

Por expuesto:

 

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal la contratación de servicios de personas formadas especialmente para el desarrollo del “Programa de Educación Sexual Integral” instituido por la Ley Nacional 26.150 y de la Provincia de Buenos Aires Nro. 14.744, para el dictado de talleres en Organizaciones no Gubernamentales, Asociaciones, Organismos Públicos Descentralizados de Jurisdicción Nacional, Provincial o Municipal y en establecimientos educativos públicos, de gestión estatal y privada con asiento en el Distrito de Arrecifes que así lo soliciten.-

 

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal confeccionará un registro de solicitudes para la conformación del cronograma de los talleres a dictarse durante el año 2019.-

 

Artículo 3º: Los gastos que demande la implementación de la presente ordenanza serán solventados con recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo e imputados a las categorías programáticas correspondientes.-

 

Artículo 4º: La presente ordenanza tendrá una validez de 180 días contados a partir de su promulgación.-

 

Artículo 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 11º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTICUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.-                                                                                                                                                                                                                                               

 

Arrecifes, 25 de Julio de 2019.-

 

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

 

 

 

 

FABIAN CESAR REYNA                                                          FRANCISCO JOSÉ BÓVEDA

Secretario                                                                                  Presidente

Honorable Concejo Deliberante                                              Honorable Concejo Deliberante