Boletines/Chascomús

Decreto Nº131/17

Decreto Nº 131/17

Chascomús, 30/01/2017

rechazar solicitud riesgo de derrumbe

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-126202/B sobre “Construcción en riesgo de derrumbe – Maipú Nº 24”, iniciado por el Sr. Marcelo Andrés Brown; y

Considerando

                                                          Que a fs. 1, se inician los presentes obrados a solicitud del Sr. Marcelo Andrés Brown, manifestando que el inmueble (de su propiedad) cito en calle Maipú Nº 24 de la ciudad de Chascomús, se encuentra en riesgo de derrumbe, siendo el mismo habitado actualmente, mediante supuesta tenencia, por el Señor Alejo Waldemar Suárez, en su calidad de comodatario de una porción del terreno, solicitando a la Municipalidad de Chascomús se haga cargo de las obras necesarias para su reparación;

                                                          Que a fs. 4, la Dirección de Obras Privadas acompaña acta de Inspección sobre el inmueble denunciado constatando que se trata de una vivienda antigüa, con cierto derrumbe en su interior, pero que no se verifica un posible derrumbe en su fachada, suscripto por la Arquitecta Agustina Ursino;

                                                         Que teniendo en cuenta la responsabilidad del estado Municipal con respecto a la garantía del BIEN COMÚN, en el caso de análisis, no se verifica la existencia de obligación o responsabilidad alguna de la Municipalidad de Chascomús de afrontar los gastos necesarios para reparar el inmueble ya que, como se constata en el acta de inspección, no existe peligro de derrumbe de la facha exterior del inmueble, único sector que linda contra la vereda, es decir, hacia la vía pública, donde si tendría incunvencia el Municipio. Por lo expuesto, teniendo en cuenta que los desmejoramientos graves se encuentran en el interior de la vivienda, siendo estas cuestiones que atanien a la esfera privada de responsabilidad entre las partes, no existiendo peligro inminente ni riesgo de derrumbe sobre la zona exterior, deberá rechazarse el reclamo interpuesto;

                                                         Que sin perjuicio de lo expresado, atento a que el Sr. Brown denuncia el estado de derrumbe de ciertas zonas de su inmueble cuestión que se constata efectivamente en su zona interior mediante acta de inspección, resulta ser adecuado anoticiar al Sr. Brown del contenido dispuesto por la Ordenanza reglamentaria de las Construcciones y Subdivisiones en el Partido de Chascomús del año 1954, en su capítulo 22, referido a la conservación de los edificios, concretamente los artículos 1º, 2º y 3º del capítulo mencionado;

                                                            Que la Asesoría Letrada emitió dictamen considerando que debe rechazarse la petición formulada por el Sr. Brown;

Por ello la Sra. Intendente Municipal Interina que suscribe en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.- Rechácese el pedido formulado por el Señor Marcelo Andrés Brown, DNI: 29.182.241.-

ARTÌCULO 2º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación  y Turismo, Subsecretaría de Tierras y Urbanismo, Oficina de Obras Privadas y Planeamiento, peticionante y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor   Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 4º.- Cúmplase,   publíquese,   dése   al   Registro   Municipal   y archívese.-