Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 246/2019
Coronel Rosales, 13/06/2019
Visto
El Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para el llamado a Licitación Pública N° 02/19 para la adjudicación del "Derecho de Uso, Ocupación y Explotación del Predio para Parador y Otros Servicios Turísticos (Baños Públicos) en Calle 1 y Costanera de la Localidad de Pehuen-Co", promovido por la Secretaría de Gobierno de esta Comuna; Y
Considerando
Que la Licitación Pública convocada por el presente se regirá por los términos y requisitos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Particulares y de Especificaciones Técnicas, que como documentación licitatoria, se aprueban por el presente Decreto y forman parte integrante de este acto administrativo.-
Que a tal efecto debe procederse al dictado del acto administrativo correspondiente.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1°: Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones instrumentado para el Llamado a Licitación Pública N° 02/19 por el Departamento Ejecutivo que forma parte del expediente D-042/19.-
ARTICULO 2°: Llámese a Licitación Pública N° 02/19, para la Adjudicación del "Derecho de Uso, Ocupación y Explotación del Predio para Parador y Otros Servicios Turísticos (Baños Públicos) en Calle 1 y Costanera de la Localidad de Pehuen-Co".-
ARTICULO 3°: Las propuestas deberán ajustarse en un todo a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y ser presentadas en Mesa de Entradas de la Municipalidad de Coronel Rosales en sobres cerrados, lacrados y firmados en el cierre, personalmente o por correo, con la inscripción correspondiente, las que serán abiertas en la Sala de Conferencias de la Municipalidad el día viernes 30 de Agosto de 2019, a las 11:00 horas en presencia de los interesados y autoridades correspondientes.-
ARTICULO 4°: Fíjase el valor del Pliego de Bases y Condiciones en la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00.-) cuya venta se efectuará en la Oficina de Recaudación.-
ARTICULO 5°: El presente decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 6°: Regístrese.- Publíquense edictos por el término de dos (2) días en el Boletín Oficial y Diario La Nueva Provincia de la Ciudad de Bahía Blanca, tomen conocimiento las Secretarías de Economía y Obras y Servicios Públicos, déjese constancia de ello en el expte. y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Hecho, resérvese en Secretaría General.-