Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 170/2019
Coronel Rosales, 08/05/2019
Visto
Las actuaciones promovidas en el Expte. Nº D-141/19 de las que emerge la necesidad de dar cobertura provisoria al cargo de Jefe de Departamento de Paseos Públicos y Forestación hasta tanto se disponga la cobertura de dicho cargo en forma definitiva mediante los mecanismos de elección correspondientes, Y
Considerando
Que resulta necesario para el buen funcionamiento de esta Administración Pública cubrir el cargo jerárquico que se encuentra vacante dentro de la división Forestación y Paseos Públicos,
Que en la actualidad se encuentra laborando en dicha área el agente Erice Fernando Javier, legajo 3979, quien posee Título habilitante de Ingeniero Agrónomo, cuenta demostradamente con las competencias requeridas para el cargo, como responsabilidad, resolución de problemas, iniciativa, capacidad de organización y planificación, habilidades comunicacionales y liderazgo.
Que si bien el mencionado agente se encuentra en planta temporal, existe la estabilidad consagrada en la ley 14.656 y sus modificatorias y en el art. 14 bis de la Constitución Nacional.
Que asimismo, la Ordenanza 3561 (Convenio Colectivo de Trabajo) en su Art. 2 establece”ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente convenio será de aplicación a todos los trabajadores que de manera directa y/o indirecta dependan de la Municipalidad de Coronel de Marina Leonardo Rosales. El cumplimiento integral de este convenio es obligatorio en todo el ámbito de la Municipalidad del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, Provincia de Buenos Aires. Esta convención colectiva de trabajo será de aplicación a todos los trabajadores que se desempeñan en el ámbito jurisdiccional y territorial del Partido de Cnel. Rosales, Provincia de Buenos Aires, e incluso fuera de dicho ámbito si sus funciones así lo determinan, en calidad de agente de la Municipalidad de Cnel. Rosales en sus diferentes grupos ocupacionales, clases y categorías, y comprende al personal de planta permanente, a prueba o con estabilidad, planta temporaria, contratados y cualquier otra situación de revista actual o futura, creada o a crearse, en actividad o bajo licencia de cualquier tipo o naturaleza.”
Que a su vez, la ley Provincial 14656 establece la estabilidad del empleo público, afirmando que “Todo nombramiento es provisional hasta tanto el trabajador adquiera estabilidad. Este derecho se adquiere a los doce (12) meses, de no mediar previamente oposición fundada y debidamente notificada por autoridad competente. Durante el periodo de prueba al trabajador deberá exigírsele la realización de acciones de capacitación y/o formación cuyo resultado podrá condicionar su situación definitiva. Los alcances de la estabilidad dispuesta en el presente artículo serán aplicables al personal que haya ingresado conforme los procedimientos establecidos en el artículo 2º de la presente Ley.”
Que estos argumentos demuestran que el agente en cuestión posee la misma estabilidad que un trabajador que se encuentre en el régimen de planta permanente.
Que en este mismo sentido, el Art. 21 Ordenanza 3561 (Convenio Colectivo de Trabajo) establece como principio rector en la Administración Publica, “igual remuneración por igual tarea”
Que en consecuencia es menester proceder al dictado del acto administrativo.-
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL del Partido de Coronel de Marina Leonardo Rosales, en uso de sus facultades DECRETA
ARTICULO 1º: Designar al frente del Departamento de Paseos Públicos y Forestación de la Municipalidad de Coronel Rosales a partir del 01 de Mayo de 2.019 al Agente Municipal Fernando Javier Erice, D.N.I. Nro. 27.771.313, Legajo Nº 3979, Clase: 1980, Agrup. Prof. Nivel 13, Jornada 42 hs. semanales, con motivo del cese por jubilación de la titular del cargo aludido Sra. Liliana Peters hasta tanto de produzca la cobertura del mismo forma definitiva.-
ARTICULO 2º: Autorizar al Departamento de Liquidación de Haberes, a practicar la liquidación respectiva a favor del Agente citado, con cargo a la partida pertinente del Presupuesto de Gastos vigente.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Gobierno.-
ARTICULO 4º: Regístrese. Tome conocimiento la Secretaría de Economía y de Obras y Servicios Públicos, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Por el Departamento de Personal notifíquese al interesado y regístrese en su legajo personal. Gírese al Departamento de Liquidación de Haberes para su cumplimiento.- Hecho, archívese.-