Boletines/Coronel Rosales
Decreto Nº 129/2019
Coronel Rosales, 09/04/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expte. Nº J-027/19 y el Titulo Ejecutivo Fiscal -Resolución 4334/15- en el cual se reclama la tasa retributiva por Alumbrado, Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Servicios Generales adeudada por la Partida de Contribuyentes Nro. 113-39966 respecto de los Ejercicios 2007 cuota 5, 2008 cuotas 3 a 6 y 2009 a 2014 -cuotas 1 a 6 en todos los casos- que diera origen al juicio de apremio caratulado: “MUNICIPALIDAD DE CORONEL ROSALES C/ PEHUEN CO S.C.A. S/ APREMIO” Exp. Nº 48256/15, de trámite ante el Juzgado de Paz Letrado del Partido de Coronel Rosales, Secretaria Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, Y
Considerando
Que con fecha 06 de Febrero de 2.018 en los autos supra referidos se dictó sentencia en la que se dispuso hacer lugar a la excepción de prescripción parcial interpuesta por la demandada declarando extinguidas por prescripción liberatoria las cuotas devengadas durante los años 2007, 2008, 2009 y 2010 y mandar llevar adelante la ejecución en su contra hasta tanto el deudor haga a la actora el integro pago del capital reclamado, el que asciende a PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS CATORCE CON DOS CENTAVOS ($5.614,02.-), con mas sus intereses los que entre moratorios, punitorios y multas no podrán exceder las dos y media veces la tasa que cobra el banco de la Provincia de Buenos Aires en sus Operaciones Activas en Pesos a 180 días, gastos y costas del juicio;
Que a fojas 01 la Sra. Jefa de División de la Sub-Dirección de Asuntos Legales de esta Comuna sugiere la baja en el padrón de deudas por servicios públicos de los reconocimientos que se registren por los periodos 2007 cuota 5, 2008 cuotas 3 a 6, 2009 cuotas 1 a 6 y 2010 cuotas 1 a 6 inclusive;
Por lo expuesto, es menester proceder al dictado del acto administrativo correspondiente para determinar la baja en el padrón de deuda por servicios públicos de los reconocimientos que se registren por los periodos 2007 cuota 5, 2008 cuotas 3 a 6, 2009 cuotas 1 a 6 y 2010 cuotas 1 a 6 inclusive, por no ser exigibles.-
Por ello, EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE CORONEL DE MARINA LEONARDO ROSALES, en uso de sus facultades DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Facúltese al Departamento de Regularización de Deudas y Servicios Públicos, con fundamento a la totalidad de gestiones llevadas a cabo en el expediente de referencia, a dar de baja en el padrón de deuda de Servicios Públicos los reconocimientos que registra la Partida de Contribuyentes Nro. 113-39966 por los periodos 2007 cuota 5, 2008 cuotas 3 a 6, 2009 cuotas 1 a 6 y 2010 cuotas 1 a 6 inclusive, consignando que no son exigibles en virtud de lo dispuesto en el art. 278 bis inc. 3 de la LOM, Ley 12076.-
ARTICULO 2º.- El presente decreto será refrenado por la Señorita Secretaria de Gobierno.
ARTICULO 3º.- Regístrese.- Tome conocimiento la Dirección de Rentas, Regularización de Deudas y Servicios Públicos para el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º y la Oficina de Asuntos Legales, déjese constancia de ello en el expediente y por su intermedio notifíquese a las jerarquías inferiores que corresponda.- Hecho archívese.-