Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2847/19
General Pueyrredon, 10/10/2019
Visto
el expediente nº 4710/3/2018 cuerpo 01, relacionado con los predios ubicados en la calle Beruti esquina avenida Carlos Tejedor, designados catastralmente como Circ. 6, Secc. C Cod. 1, Manz. 191 A, Parcelas 1 A, 1 B, 1 C y 1 D y
Considerando
Que mediante el artículo 2º de la Resolución Nº 0743/19 se dictó el Sobreseimiento Provisorio a los agentes Leda Raquel Araya, Legajo Nº 22.091/1; Leandro Javier Affonso, Legajo Nº 27.645/1; María Ines Alí, Legajo Nº 23.935/2; Germán Alberto Álvarez, Legajo Nº 27.738/1; Verónica Yamila Brahim, Legajo Nº 23.306/2, Natalia Elvira Dazeo, Legajo Nº 23.344/2; María de Los Ángeles Belén Diez, Legajo Nº 29.340/1; Mariana Andrea Haramboure, Legajo Nº 23.389/2; Andrea Cristina Herdt, Legajo Nº 24.078/1; Santiago Esteban López Osornio, Legajo Nº 27.649/1; Alda Albina Martínez, Legajo Nº 23.820/2; Yadia Anabel Scaramuzzino, Legajo Nº 29.339/1 y Sabrina Soledad Morel, Legajo Nº 23.915/4; y las ex agentes Brenda Nerea Burgos Calle, Legajo Nº 28.825/1; Laura Valeria Gordon, Legajo Nº 29.337/1; Gabriela María Haramboure, Legajo Nº 29.338/1; Roxana Paola Liuzzi, Legajo Nº 23.400/2; Ester Aída Machin, Legajo Nº 21.623/1; Sabrina Aylén Soria, Legajo Nº 28.824/1; de conformidad con lo previsto en el Art 35º inc. c) de la Ley 14656.
Que conforme resulta del dictamen proveniente de la Dirección Sumarios obrante a fs. 294 procede dictar el acto administrativo que resuelva el sobreseimiento definitivo por haber transcurrido los plazos previstos en el Art. 103º inc. V, ap. a) del Decreto 4161/96 reglamentario de la Ley 10430, contado desde el acto administrativo de fs. 290 a 292.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 1500/16,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Disponer el allanamiento de los predios ubicados en la calle Beruti esquina avenida Carlos Tejedor, designados catastralmente como Circ. 6, Secc. C Cod. 1, Manz. 191 A, Parcelas 1 A, 1 B, 1 C y 1 D, por los motivos expuestos en el exordio y a los efectos de proceder por administración a la realización de los trabajos de higienización con cargo al propietario o responsable, de acuerdo a las previsiones del art. 108º inc. 5) de la Ley Orgánica de las Municipalidades y art. 24º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2º.- Requerir el auxilio de la fuerza pública, si resultara necesario, con miras al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTÍCULO 3º.- Registrar, dar al Boletín Municipal, comunicar y a los efectos que correspondan, tome intervención la Dirección General de Inspección General.
VICENTE